Anulan el cobro de una deuda que la Xunta reclamaba al Ayuntamiento de Vigo por unas obras en el Cunqueiro al no estar declarada

Urgencias del Hospital Álvaro Cunqueiro de Vigo.
Urgencias del Hospital Álvaro Cunqueiro de Vigo.
EUROPA PRESS
Urgencias del Hospital Álvaro Cunqueiro de Vigo.

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha anulado el cobro de una deuda de 884.455 euros que la Xunta de Galicia reclamaba al Ayuntamiento de Vigo por otras en el Hospital Álvaro Cunqueiro al no estar declarada previamente, lo que no permitió al gobierno local discutir la misma.

En concreto, el tribunal ha anulado las resoluciones del Ejecutivo autonómico destinadas a detraer al Ayuntamiento esta cantidad por los gastos de la acometida de la instalación eléctrica del centro hospitalario que, según el convenio firmado en 2006 y anulado en 2013, eran obras que tenía que hacer la administración local, pero que finalmente sufragó en 2015 la Xunta.

La sección tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo concluye que no existe, antes del requerimiento de pago en periodo voluntario (12 de abril de 2016), un acto administrativo que fijase la cantidad adeudada por daños y pérdidas.

"Se reclama una deuda que no se declaró previamente y que el Ayuntamiento no pudo discutir", indica la sentencia. "No puede haber un requerimiento válido de pago si antes no se determinó la deuda", añaden los magistrados.

No hay deuda declarada

En la sentencia, el TSXG recalca que la falta de ese acto de cuantificación de la deuda implica que "no hay deuda declarada que reclamar, es decir, no hay título ejecutivo", algo "trascendental" ya que implica que el Ayuntamiento no tuvo "oportunidad de discutir la existencia de la deuda o sus características".

Así, los jueces indican que es "inconcebible" que un montante de 884.455 euros "no pudiera ser combatido jurídicamente por la administración local ni, de ser el caso, tutelado jurisdiccionalmente por los tribunales de justicia".

Por todo ello, los magistrados aseguran que la Administración autonómica prescindió "total y absolutamente del procedimiento establecido para la determinación de las deudas tributarias".

Anulado el cobro

La sentencia explica que en 2006 (en tiempos de Corina Porro como alcaldesa) se firmó un Convenio Marco de Cooperación entre la Xunta y el Ayuntamiento de Vigo que, se dejó sin efecto en 2013 (cuando el PSOE ya estaba en la Alcaldía). El objeto de este documento era cooperar para la construcción del nuevo hospital y la dotación de sus infraestructuras.

Sin embargo, la sala insiste en que desde abril de 2013 hasta el mismo mes de 2016, la Xunta "no realiza ninguna actuación concreta que cristalice en una resolución para determinar la cantidad que la Administración autonómica considera que se le adeuda a consecuencia del incumplimiento del convenio".

No obstante, después se notificó al Ayuntamiento un requerimiento reclamando el pago de 884.455 euros, el cual fue rechazado en mayo de 2016. En 2021, la Axencia Tributaria de Galicia comunicó la resolución de inicio del procedimiento de compensación de deuda, frente al cual el Ayuntamiento presentó alegatos, que fueron rechazados.

Ahora, el TSXG anula el cobro de esta deuda. Aun así, la sentencia no es firme, pues contra ella cabe presentar recurso de casación.

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