El Constitucional rechaza suspender de forma temporal la aplicación del impuesto a las grandes fortunas

La ministra de Hacienda y Función Pública, María Jesús Montero.
La ministra de Hacienda y Función Pública, María Jesús Montero.
JUAN CARLOS HIDALGO / EFE
La ministra de Hacienda y Función Pública, María Jesús Montero.

El Tribunal Constitucional ha rechazado este martes suspender cautelarmente la aplicación del impuesto temporal a las grandes fortunas como había solicitado la Junta de Andalucía en un recurso presentado el pasado 24 de febrero. Así lo ha comunicado el TC en una nota difundida pasado el mediodía, en la que "en aplicación de su doctrina" ha denegado la suspensión, aunque sí estudiará el fondo del asunto para decidir si la medida es o no constitucional.

En el texto presentado al TC, la Junta pedía la suspensión cautelar del artículo 3 de la Ley 38/2022 de 27 de diciembre, para el establecimiento de gravámenes temporales energético y de entidades de crédito y establecimientos financieros de crédito y por la que se crea el impuesto temporal de solidaridad de las grandes fortunas, y se modifican determinadas normas tributarias. 

El precepto impugnado es el que desarrolla el Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas. Una figura cuyo diseño es prácticamente calcado al del impuesto al Patrimonio que los gobiernos autonómicos de Madrid y Andalucía bonifican al 100%, lo que supone, en la práctica, su eliminación.

Este impuesto, cuya recaudación va a parar a la administración central y no a las autonomías, está pensado para evitar que las grandes fortunas que residen en las comunidades que bonifican patrimonio no tributen por su riqueza. En la práctica, solo se pagará en las comunidades que han introducido fuertes bonificaciones al impuesto al patrimonio porque los contribuyentes que sí abonen este tributo podrán deducírselo de la cuota que les corresponda por el impuesto de "solidaridad".

La Junta de Andalucía considera que esto supone una vulneración de la autonomía financiera de las comunidades autónomas en lo que respecta a los tributos cedidos (como es el caso de patrimonio). Y también alega que se ha vulnerado su derecho constitucional de representación política, el principio de lealtad constitucional e institucional en materia de financiación autonómica y el principio de seguridad jurídica. 

La Junta no es el único organismo que ha impugnado el impuesto a las grandes fortunas. El gobierno autonómico madrileño también tiene presentado un recurso ante el Constitucional en el que alega "invasión de competencias fiscales y financieras" y solicita, de igual manera, la suspensión temporal del tributo.

Energéticas y bancas litigan en la Audiencia Nacional

El tribunal de garantías es la segunda instancia judicial que se pronuncia sobre los diferentes reclamaciones que se han presentado sobre los tres impuestos del Gobierno. Antes lo hizo la Audiencia Nacional, que denegó la suspensión temporal del impuesto a las energéticas que solicitaba Repsol

La principal patronal de las eléctricas, Aelec, que incluye a Iberdrola, Endesa y EDP, también tiene recurrido el impuesto. Las grandes energéticas alegan que el tributo va en contra de las directrices de la UE al gravar también al sector eléctrico y no solo al petróleo y el gas, como establecía Bruselas. También critican que se grave la facturación y no los beneficios y que solo se aplique a determinadas empresas (aquellas con una facturación de más de 1.000 millones de euros).

Las dos grandes patronales bancarias -AEB y CECA- también han planteado recursos en la Audiencia Nacional sobre el impuesto a las entidades de crédito, aunque en este caso no exigieron medidas cautelares. En este caso, la banca se apoya en el dictamen del Banco Central Europeo (BCE) que cuestionó el impuesto y comparte con las eléctricas la crítica a que se grave la facturación y el argumento de la discriminación.

Según informó la ministra de Hacienda, María Jesús Montero, hace un mes, el primer pago anticipado de los impuestos a las energéticas y la banca ha reportado a las arcas públicas 1.500 millones de euros. De ellos, 817 procedentes de las firmas de la energía y otros 637 millones de las entidades de crédito. Montero confía en que la recaudación final ronde los 2.900 millones de euros. 

La trayectoria judicial del triple impuesto aprobado a finales del año pasado por el Gobierno se antoja larga. La decisión que adopte la Audiencia Nacional sobre los recursos de banca y energéticas es susceptible de ser recurrida por cualquiera de las partes -Gobierno y empresas afectadas- ante el Tribunal Supremo y, en última instancia, ante el Constitucional. Si los tribunales decidieran anularlos, el Estado se expone a tener que devolver lo recaudado más unos intereses. No obstante, los trámites hasta que la decisión sea firme podrían prolongarse durante varios años.

Mostrar comentarios

Códigos Descuento