Cuáles son las deducciones autonómicas en la Renta 2022-2023 si vivo en Bizkaia

Los ciberdelincuentes aprovechan la Declaración de la Renta para estafar en España.
Declaración de la renta.
Piqsels
Los ciberdelincuentes aprovechan la Declaración de la Renta para estafar en España.

La campaña de la Renta ya ha dado comienzo en Vizcaya. Al tener un régimen foral, tiene plena competencia para determinar las fechas, la metodología y las deducciones.

Así lo detalla la Agencia Tributaria en su web: "La exacción, gestión, liquidación, recaudación e inspección de la mayoría de los impuestos estatales corresponde a cada uno de los tres Territorios del País Vasco".

Para hacer frente a la inflación, tanto para 2022 como para 2023, se ha aprobado una deducción extraordinaria de 200 euros para las personas con rentas inferiores a 30.000 euros. Esa deducción disminuye progresivamente hasta desaparecer para los contribuyentes con rentas superiores a los 35.000 euros. Además, los residentes de Vizcaya cuentan con las siguientes deducciones autonómicas:

Por descendentes

Para practicar esta deducción, los descendientes no se pueden encontrar en ninguna de estas circunstancias:

  • Que tengan más de treinta años: excepto por discapacidad o dependencia.
  • Que obtengan rentas anuales superiores al salario mínimo.
  • Que formen parte de otra unidad familiar en la que sus miembros tenga rentas anuales superiores al salario mínimo interprofesional.
  • Que presenten la declaración de la renta.

Los contribuyentes podrán practicar diferentes deducciones, dependiendo del número de hijos que tengan a su cargo:

  • Primero: 613 euros.
  • Segundo: 759 euros.
  • Tercero: 1.280 euros.
  • Cuarto: 1.513 euros.
  • Quinto y sucesivos: 1.976 euros.

Los descendientes menores de seis años que convivan con el contribuyente tienen derecho a una deducción complementaria de 353 euros, que se sumaría a lo anterior.

Por anualidades de alimentos a hijos

Los contribuyentes que, por orden judicial, tengan que pagar anualidades por alimentos a favor de sus hijos podrán aplicar una deducción del 15% de las cantidades abonadas.

El límite para cada hijo será del 30% del importe correspondiente a la deducción establecida para los descendientes.

Por ascendiente

El contribuyente se podrá aplicar una deducción de 306 euros -según los datos a enero de 2022- siempre que se cumplan los siguientes casos:

  • Que sea ascendiente en línea recta por consanguinidad: padres, abuelos, bisabuelos...
  • Que convivan de forma continua y permanente con el contribuyente durante todo el año natural.
  • Que el contribuyente se haga cargo de pagar la residencia donde el ascendiente viva de forma continua y permanente todo el año natural.
  • Que el ascendiente no tenga rentas anuales superiores al SMI.
  • Que no forme parte de una unidad familiar en la que alguno de los miembros tenga rentas anuales superiores al SMI.
  • Que no presente la declaración del IRPF.

Por discapacidad o dependencia

Las personas que tengan algún familiar —hasta el cuarto grado— a su cargo con discapacidad o dependencia podrán solicitar una deducción, que varía su importe según la categoría:

  • Entre el 33% y el 65% de discapacidad.
  • Igual o superior al 65% de discapacidad - Dependencia moderada (grado I).
  • Igual o superior al 75% de discapacidad y entre 15 y 39 puntos de ayuda - Dependencia severa (grado II).
  • Igual o superior al 75% de discapacidad y de 40 o más puntos de ayuda - Gran dependencia (grado III).

Esta deducción se aplicará por el cónyuge o pareja de hecho que sea persona con discapacidad o dependiente.

Por edad

La edad también se puede deducir en la declaración de la renta. A falta de conocer los datos de 2023, los importes del año anterior fueron los siguientes para la base imponible igual o menor a 20.000 euros:

  • Mayores de 65 años: 367 euros.
  • Mayores de 75 años: 668 euros.

Si la base imponible se encontraba entre los 20.000 y los 30.000 euros, los importes de las deducciones se tenían que calcular de la siguiente manera:

  • Mayores de 65 años: 367€ - [(BI-20.000) x 0,0367]
  • Mayores de 75 años: 668€ - [(BI-20.000) x 0,0668]

Otros deducciones

Existen otro tipo de deducciones para la declaración de la renta de 2023:

  • Por determinación de la situación personal y familiar.
  • Por aportaciones realizadas al patrimonio protegido de la persona con discapacidad.
  • Por alquiler de vivienda habitual: el 20% con carácter general, el 25% para familias numerosas y el 30% para menores de 30 años.
  • Por adquisición de vivienda habitual: el 18% con carácter general y el 23% para menores de 30 años y familias numerosas.
  • Por obras de renovación en vivienda habitual: el 10%.
  • Por participación de los trabajadores en la empresa: el 10% de las participaciones o acciones adquiridas.
  • Por donativos: también a partidos políticos.
  • Por doble imposición internacional.
  • Por cuotas a sindicatos o partidos políticos.
  • Por retenciones atribuibles.
  • Por transparencia fiscal internacional.

Los contribuyentes que hayan realizado inversiones durante el ejercicio anterior también tienen derecho a deducciones:

  • Por inversión en microempresas, pequeñas o medianas empresas de nueva o creciente creación e innovadoras.
  • Por inversión en fondos europeos para el impulso de la innovación.
  • Por inversión para el fomento de la digitalización del comercio local.
  • Por inversión para la implantación de un sistema informático que garantice la inviolabilidad de los registros de entregas de bienes y prestaciones de servicios.
  • Por inversión en actividades o entidades de régimen de imputación de rentas.
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