En 2023, la edad legal para poder acceder a la jubilación ordinaria en España es de 66 años y cuatro meses, cuando se hayan acreditado menos de 37 años y 9 meses de cotización. Por el contrario, si el tiempo de cotización es superior, la persona interesada podrá acceder a la jubilación a los 65 años de edad. En el caso de la jubilación anticipada voluntaria, deberán acreditarse, al menos, 37 años y nueve meses, para poder acceder a los 64 años de edad. No obstante, "será posible acceder a la jubilación anticipada voluntaria a partir de los 63 años en caso de haber cotizado 37 años y nueve meses o más", aclaran en el portal especializado Jubilación de Futuro de BBVA.
Sin embargo, ¿existe algún supuesto para acceder a la jubilación a los 55 años de edad? Aquellas personas que accedan a la pensión por incapacidad permanente del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), por enfermedad o accidente, podrán jubilarse a esta edad dependiendo del grado de invalidez para la capacidad laboral.
Acceso anticipado a la jubilación
Existen diferentes grados para el acceso a esta prestación económica, según recoge la Seguridad Social:
- Parcial para la profesión habitual: esta incapacidad ocasiona al trabajador una disminución no inferior al 33% en el rendimiento para dicha profesión.
- Total para la profesión habitual: inhabilita al trabajador para su profesión habitual, pero puede dedicarse a otro trabajo distinto.
- Absoluta para todo trabajo: inhabilita al trabajador para toda profesión u oficio.
- Gran invalidez: Cuando el trabajador incapacitado permanente necesita la asistencia de otra persona para los actos más esenciales de la vida.
Por tanto, es posible acceder a la incapacidad permanente a los 55 años de edad, antes de cumplir la edad ordinaria de jubilación, en el caso de tener una incapacidad permanente total o de gran invalidez, como detallan en Noticias Trabajo. Dependiendo del nivel de dependencia, podrán acceder al 100% de la cuantía de la prestación de gran invalidez y acceder a la jubilación quienes tengan un grado de discapacidad igual o superior al 65%.
Por otro lado, existe un colectivo profesional muy concreto en España que puede acceder a la jubilación a esta edad y cobrar la prestación íntegra. Se trata de los profesionales taurinos, concretamente quienes se dedican a estas profesiones: banderilleros, sobresalientes, rejoneadores, picadores., subalternos de rejones y toreros cómicos.
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