Hasta qué hora se puede hacer ruido en Madrid

Ceuta es una de las ciudades con mayor contaminación acústica.
Contaminación acústica. 
PATRICIA CHASCO
Ceuta es una de las ciudades con mayor contaminación acústica.

La ciudad de Madrid es la capital de España, una de esas ciudades que parece no dormir nunca, por lo que el Ayuntamiento de la ciudad contempla una normativa sobre ruidos que se aplican tanto a las prácticas del interior de las viviendas como en las propias calles. 

"Los ruidos en la vía pública, o en el interior de las viviendas generan una de las quejas más generalizadas en Madrid", recuerda la Policía Municipal de Madrid en su cuenta oficial de Twitter, donde se han referido a las ordenanzas municipales contra la contaminación acústica. 

De este modo, todo ello está recogido en la Ordenanza de Protección contra la Contaminación Acústica y Térmica, de 25 de febrero de 2011, donde se especifica toda la normativa relacionada con los horarios, los días y los decibelios permitidos para hacer ruido. 

¿Cuánto ruido se puede hacer? ¿Hasta qué hora?

En la mencionada ordenanza municipal, el día queda dividido en tres franjas horarias, que son las siguientes:

  • Mañana: desde las 07.00 horas y hasta las 19.00 horas.
  • Tarde: desde las 19.00 horas y hasta las 23.00 horas.
  • Noche: desde las 23.00 horas y las 07.00 horas. 
  • En días festivos: el horario de noche es desde las 23.00 horas de la víspera y hasta las 08.00 horas. 

Teniendo estos horarios en cuenta, hay que saber que la norma recoge que, en el ámbito residencial, los límites de ruido en interiores para estancias son de 35 decibelios en horario de día y 30 dBA en horario de noche. En dormitorios, los límites son de 30 dBA en horario de día y 25 dBA en horario de noche, como recoge la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU). En pasillos, aseos y cocina se aumenta en 5dBA el límite.

Por ejemplo, cuando se van a hacer ruidos por mudanzas, desplazamiento de muebles, traslado de enseres o realización de obras en el interior de viviendas o locales, no se pueden hacer en días laborables desde las 21.00 hasta las 08.00 horas ni los sábados, domingos y festivos, desde las 21.00 hasta las 09.30 horas. 

En cuanto a los ruidos en el exterior de las viviendas, los límites son de 55 dBA en horario diurno y 45 dBA en horario nocturno, mientras que los ruidos por obras, construcción, modificación, reparación o derribo de edificios o en vía pública no se podrán realizar, de lunes a viernes, entre las 22.00 y las 07.00  horas o en sábados y festivos entre las 22.00 y las 09.00 horas, salvo por razones de urgencia, seguridad o peligro. 

Mostrar comentarios

Códigos Descuento