El juez envía a prisión preventiva al sospechoso del envío de cartas bomba por riesgo de fuga y reiteración delictiva

  • Le imputa cuatro delitos de terrorismo, dos de ellos agravados, en concurso con otro de empleo de artefactos explosivos por los que podría enfrentarse a una condena de 20 años de cárcel.
  • Cree que el uso de aplicaciones rusas de mensajería instantánea y correos electrónicos cifrados podrían facilitar su huida a ese país.
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Momento de la detención del hombre de 74 años en Miranda de Ebro.
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El juez de la Audiencia Nacional José Luis Calama ha acordado el ingreso en prisión incondicional de Pompeyo G.P., el jubilado de 74 años detenido esta semana por el envío de seis cartas con explosivos a distintas instituciones, y le imputa cuatro delitos de terrorismo, dos de ellos agravados, en concurso con otro delito de empleo de artefactos explosivos inflamables o incendiarios con finalidad terrorista.

El detenido es sospechoso de enviar las cartas al presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, a la ministra de Defensa, Margarita Robles, a la Embajada de Ucrania en Madrid, a las instalaciones de la empresa Instalaza, a la Embajada de Estados Unidos en Madrid y al centro de satélites Base Aérea de Torrejón.

Después de que el sospechoso pasara este viernes a disposición del magistrado, ante el que se ha negado a declarar, el titular del Juzgado Central de Instrucción número 4 ha dictado el auto de prisión provisional comunicada y sin fianza por riesgo de fuga y de reiteración delictiva.

La resolución del instructor analiza la doctrina sobre los delitos de terrorismo y explica que en este caso, aunque no hay indicios de que el investigado pertenezca ni colabore con banda o grupo organizado terrorista alguno, las acciones que objetivamente se le imputan, el contexto en el que se producen (la guerra en Ucrania) y los destinatarios de los paquetes evidencian que en su ánimo está presente "tanto el objetivo de alterar gravemente la paz pública, transmitiendo el mensaje de que nos encontramos ante una acciones efectuadas por personas vinculadas a Rusia como represión hacia los intereses de España y Estados Unidos, como obligar a los poderes públicos a abstenerse del apoyo mostrado a Ucrania frente a la agresión rusa".

Estas finalidades, según el magistrado, aparecen reafirmadas por la persistencia en la ejecución de estas acciones y corroboradas de forma indiciaria por el contenido de las páginas webs consultadas por el detenido, entre las que encontraban Russiatoday.com; RT, portal de noticias ruso; www.armas.es, portal autodenominado "periódico digital mundial sobre armas en español"; www.química.es; y sputniknews.com.

Respecto a la modalidad agravada de dos delitos de terrorismo, Calama indica que se ha de tener en cuenta que uno de los envíos se dirigió expresamente al presidente del Gobierno con su nombre y primer apellido y que de igual modo se envió otro sobre a la ministra de Defensa.

El instructor recuerda que para acordar la medida de prisión provisional se debe ponderar si concurren riesgo de fuga, ocultación de fuentes de prueba y riesgo de reiteración delictiva. En este caso concreto, considera que la gravedad de los delitos imputados, que podrían llegar a tener una pena de 20 años de prisión, intensifica la tentación de huida.

Por otro lado, señala que "la utilización de aplicaciones rusas de mensajería instantánea, como es VK, y correos electrónicos cifrados de extremo a extremo (Protonmail), así como la transcendencia de sus violentas acciones como medio de propaganda de la ocupación rusa en Ucrania, pudieran facilitar su huida a territorio ruso, recibiendo al efecto ayuda de ciudadanos de dicho país".

Las dos circunstancias anteriores apreciadas conjuntamente, añade Calama en su auto, constituyen unos hechos relevantes en orden a adoptar la medida cautelar solicitada previamente por la Fiscalía. Y además, existe, para el magistrado, un alto riesgo de reiteración delictiva, por lo que procede acordar la prisión provisional, sin perjuicio de que "el avance de la instrucción y particularmente el informe de análisis de las sustancias explosivas utilizadas, aconsejen su modificación".

Contra este auto de prisión se puede interponer recurso de reforma -ante el mismo juez- en el plazo de tres días y de apelación -ante la Sala de lo Penal- en cinco días.

La trazabilidad de las cartas

Tanto en el auto de este viernes como en el que autorizaba la entrada y registro en el domicilio del detenido, el juez Calama recoge parte de esa investigación que permitió localizar al hombre que presuntamente está detrás del envío de las cartas.

Así, por ejemplo, tras certificar que las misivas se encontraron mataselladas de forma parcial por el Centro de Tratamiento Automatizado (CTA) de Valladolid, indica que el análisis de los sellos estampados permitió determinar que las dos únicas expendedurías donde se pudieron comprar eran los estancos ubicados la calle San Pablo y en la calle Sombrerería de Burgos.

Los sobres, formato DIN A5, condujeron a una tienda online, www.sobres.es, donde, tras ser requeridos por los investigadores, dieron cuenta de que Pompeyo González había adquirido el 5 de noviembre 25 sobres de esas características.

Con el nombre del sospechoso, los agentes fueron a Amazon para preguntar por las compras que habría realizado y les confirmaron que entre junio y julio había adquirido un kilo de nitrato potásico puro, cable con mecha, interruptores, filamentos de cobre y bombillas incandescentes. En octubre y noviembre compró pegatinas, bisagras, tornillería, brocas y plantillas para dibujar letras y números. La Policía constató que varios de esos productos coinciden con los que fueron utilizados en la confección de las cartas.

Además, los investigadores cruzaron la dirección de IP desde la que Pompeyo G.P. realizó las compras en Amazon con la que hizo las búsquedas para hacerse con las direcciones postales a las que irían dirigidas las cartas explosivas, y constataron que coincidían.

El auto del juez recoge también que los investigadores se hicieron con una bolsa de basura del sospechoso para comparar su ADN con el recogido de las cartas y constaron que era coincidente.

Y añade, como hecho importante, que en el registro de su casa se intervinieron unas varillas cilíndricas que pueden corresponder con el mismo tipo de cilindros que alojaban en su anterior el pistón incendiario de los artefactos explosivos caseros; diferentes tornillos junto con muelles similares al 'percutor' que se utilizó en los artefactos incendiarios caseros; y taladros con brocas de precisión similares a las empleadas para la elaboración de los referidos artefactos.

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