Los agentes pueden sancionar por entrar a la M-30 sin etiqueta, pero aún priorizan informar

MADRID.-AMP.-Madrid vuelve mañana a escenario 1 por contaminación, por lo que todos los coches podrán circular y aparcar en SER (Foto de ARCHIVO) 17/1/2019
Circunvalación de la M-30.
Ayuntamiento de Madrid
MADRID.-AMP.-Madrid vuelve mañana a escenario 1 por contaminación, por lo que todos los coches podrán circular y aparcar en SER (Foto de ARCHIVO) 17/1/2019

Día veintiséis de la entrada en vigor de la Zona de Bajas Emisiones en la M-30: los agentes de movilidad siguen priorizando informar a los conductores antes que imponer sanciones, según aseguran fuentes municipales a 20minutos. La política del Ayuntamiento de Madrid pasa de momento por hacer diariamente controles aleatorios en la entrada y el interior de la circunvalación. Su objetivo es dual: divulgar las nuevas normas que entraron en vigor el 1 de enero de 2023 (diésel matriculados antes del año 2006 y vehículos gasolina matriculados antes del año 2000) e impedir la circulación por el anillo de vehículos sin etiqueta ambiental de la DGT, que además no estén empadronados en la capital.

Se trata de la misma estrategia que utilizaron durante la restricción al interior de los barrios de la M-30, que desde el 2 de mayo de 2022 no permite cruzar a los turismos sin distintivo que no residan en el término municipal. "Primero queremos informar a los conductores para que no accedan. El objetivo no es multar por multar ni tenemos ningún fin recaudatorio", explican las mismas fuentes. Más adelante, entre finales de marzo y principios de abril, el control será telemático por lectura de matrícula mediante cámaras. Y antes de verano, una vez hayan pasado los dos meses de preavisos que corresponden legalmente y las pruebas de calidad pertinentes, las cámaras también podrán sancionar a los transgresores.

Eso no quita que en ese tiempo los agentes de la movilidad tengan potestad de castigar, sobre todo, ante casos concretos. "Desde el 1 de enero pueden hacerlo, por ejemplo, si alguien desobedece sus instrucciones", señalan desde el Consistorio madrileño. Cabe recordar que la sanción por incumplir esta medida se tipifica como grave en la Ley de Tráfico a la que deben acogerse obligatoriamente los ayuntamientos según exige la normativa que regula las ZBE. No se aplica resta de puntos y el sancionado puede atenerse al pronto pago, que reduce la sanción a la mitad (100 euros) si se paga en los 20 días siguientes a la notificación.

Los turismos con etiqueta A solo podrán acceder a la M-30 si están domiciliados en Madrid y dados de alta en el padrón del Impuesto de Vehículos de Madrid
Los turismos con etiqueta A solo podrán acceder a la M-30 si están domiciliados en Madrid y dados de alta en el padrón del Impuesto de Vehículos de Madrid
Henar de Pedro

Desde el sindicato policial UPM explican a este medio que en los últimos días han "controlado entre ocho y diez vehículos", pero "todos estaban domiciliados en Madrid y, en concreto, en el distrito Centro". Sobre los controles, dicen que se "ha asignado una patrulla por unidad y por turno" y que, "principalmente", se encuentran en el interior de la autopista. Y matizan la postura de la Administración municipal, al asegurar que si no les han multado ha sido porque "ha dado la casualidad de que no eran infractores".

Cuatro excepciones

Como sucede con otras muchas normas, existen excepciones bajo las que se podría circular por el carril de la M-30 aun sin distintivo medioambiental:

  • Los vehículos que, desde el pasado 1 de enero de 2022, estén domiciliados en la ciudad de Madrid según los registros de la DGT y figuren en el padrón Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica del Ayuntamiento de Madrid. Es decir, no vale registrar ahora el vehículo, ya que si la fecha es posterior a la indicada no podremos circular.
  • Los vehículos empleados para trasladar a personas titulares de tarjeta de estacionamiento para personas con movilidad reducida, a condición de que estén dados de alta en el Sistema de accesos a Madrid Zona de Bajas Emisiones y exhiban la tarjeta de estacionamiento para personas con movilidad reducida.
  • Los vehículos A que no sean turismos: camiones, furgonetas, motocicletas y ciclomotores.
  • Los vehículos que estén considerados históricos, siempre que cumplan la normativa vigente.
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