Estas son las ventajas al renovar el carnet de conducir para jubilados

Señor mayor al volante.
Señor mayor al volante.
CLEVEREA
Señor mayor al volante.

La Dirección General de Tráfico (DGT) recuerda que en España no existe "un límite legal para conducir", ya que dependerá de las capacidades y aptitudes de cada conductor para circular con su vehículo. No obstante, avisa, a partir de los 65 años, "aumenta la periodicidad con la que se debe renovar el permiso".

En este sentido, todos los permisos de conducir tienen una fecha de vigencia, por lo que es necesario renovarlo antes de que caduque. Este periodo es de 10 años hasta los 65 años, pero a partir de esta edad se reduce a los cinco años

Cuál es el procedimiento para la renovación

"Lo que se pretende de esta manera es aumentar la frecuencia de las revisiones médicas y de aptitud para que seguir conduciendo sea seguro para todos", indica la DGT. El reconocimiento médico que deben superar las personas a partir de esta edad y los criterios de evaluación son los mismos que para el resto, aunque sí es posible que el periodo de validez del permiso de conducir sea menor si se detecta una enfermedad. 

Además, "en este caso también será menor la tasa que debes pagar para renovarlo", subraya el organismo. Por tanto, una de las ventajas, es que a partir de los 70 años de edad, los jubilados están exentos de pagar las tasas de tráfico para la renovación y solo tendrán que abonar el coste del reconocimiento médico.

¿Y cuáles son los pasos para la renovación a partir de los 65 años? En primer lugar, la persona interesada deberá acudir a uno de los centros autorizados de reconocimiento médico. Allí se cobrará el importe del reconocimiento y la tasa (salvo para mayores de 70 años). 

Al hacer el trámite de duplicado, se entregará un permiso provisional para poder circular con el vehículo y en un plazo aproximado de mes y medio, el permiso definitivo llegará al domicilio indicado en el trámite

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