El presidente del CGPJ se niega a convocar el pleno que pedían los conservadores para renovar el TC antes de la reforma de Sánchez

El CGPJ designa a Rafael Mozo como su presidente interino
El CGPJ designa a Rafael Mozo como su presidente interino
Europa Press
El CGPJ designa a Rafael Mozo como su presidente interino

El presidente interino del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), Rafael Mozo, se ha negado a convocar el pleno extraordinario que solicitaron los vocales conservadores el pasado viernes para evitar nombrar a los magistrados del Tribunal Constitucional que le corresponden según las nuevas normas que ha impulsado el Gobierno.

Tal y como ha informado el CGPJ, Mozo ha explicado a los miembros del órgano que "la solicitud de convocatoria de pleno no puede ser atendida" porque debería incluir los nombres y el currículum de dos candidatos al tribunal de garantías, cosa que no ha ocurrido.

Nueve vocales del sector conservador mandaron el viernes una solicitud de pleno "urgente" con un único punto del día: el nombramiento de magistrados del Constitucional. La petición era la respuesta de este grupo de vocales (que mantiene bloqueada la renovación del tribunal desde el 13 de septiembre) a una enmienda presentada por el PSOE y Unidas Podemos el pasado viernes. 

La propuesta de los partidos del Ejecutivo de coalición buscaba zanjar este asunto a través de un cambio en el modelo de elección de magistrados por parte del CGPJ y una fecha límite para que se produzcan. No sería la primera vez que el Gobierno pone un plazo legal para que el CGPJ proponga sus candidatos al tribunal de garantías, pero esta vez saltárselo podría tener consecuencias penales, según queda recogido en la propia enmienda (pendiente aún de aprobación). 

Parecía que la presión iba a tener resultados satisfactorios para el Ejecutivo, pero el comunicado del presidente del CGPJ ha llegado como un giro inesperado de los acontecimientos que no ha obtenido respuestas por el momento. 

Mozo explica en su comunicado que "la petición así formulada no puede ser atendida en aplicación del artículo 35, párrafo segundo del Reglamento 1/1986 de Organización y Funcionamiento del CGPJ, que exige la aportación de todos los documentos, si los hubiere, relacionados con el orden del día del pleno cuando se solicite la celebración de una sesión extraordinaria".

El presidente interino del Consejo hacía alusión a dos asuntos concretos: la necesidad de que, junto a la solicitud de convocatoria de un pleno para nombrar a los magistrados del Constitucional se presenten los dos nombres que se han de nombrar y sus currículums. 

Mostrar comentarios

Códigos Descuento