Cuánto y cuándo se puede subir el precio de un alquiler

Un cartel de 'se alquila' cuelga de un balcón en la fachada de un edificio madrileño
Un cartel de 'se alquila' cuelga de un balcón en la fachada de un edificio madrileño
Jorge París | Jorge Paris
Un cartel de 'se alquila' cuelga de un balcón en la fachada de un edificio madrileño

Una pregunta frecuente que se hacen los propietarios de viviendas en alquiler es cuándo y de qué manera pueden subir el alquiler a sus inquilinos y en general, si se puede hacer.

El portal especializado en vivienda Idealista responde en un reportaje a estas preguntas. En primer lugar, hay que tener en cuenta la diferencia entre dos conceptos: actualización de la renta y subida del precio del alquiler. 

Actualización de la renta

En el primer caso, en todos los contratos de alquiler que se firmen, debe aparecer reflejado si se actualiza el alquiler. En caso de que no haya nada que lo especifique, no se actualizará.

La Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) dice en su artículo 18: "Durante la vigencia del contrato, la renta solo podrá ser actualizada por el arrendador o el arrendatario en la fecha en que se cumpla cada año de vigencia del contrato, en los términos pactados por las partes. En defecto de pacto expreso, no se aplicará actualización de rentas a los contratos".

Si en el contrato de arrendamiento está reflejado que el precio se podrá actualizar, hay que fijar qué índice se utilizará para la actualización. El más frecuente es el Índice de Precios al Consumo (IPC); no obstante, si no hay pacto expreso sobre el índice, por defecto se usará el Índice de Garantía de Competitividad (IGC). Esto significa que no siempre subirá, y que incluso puede bajar.

Una vez que el propietario haya calculado la actualización, el propietario tendrá que avisar al inquilino con un mes de antelación al día en el que le toque pagar la nueva mensualidad.

Subida de alquiler

El otro concepto, la subida de alquiler, puede efectuarse solamente cuando el contrato se aproxima a su renovación o finalización. El propietario puede plantear una subida del precio, así como algunas modificaciones en el contrato.

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