El Tribunal Supremo declara nulo el despido de un trabajador al día siguiente de pedir que le abonaran las horas extra

  • El trabajador fue despedido cuando le quedaba un mes de contrato al día siguiente de pedir cobrar las horas extra.
  • La sala considera que no se le permitió denunciar la situación por el despido cuya causa no ha podido ser probada.
Fachada del edificio del Tribunal Supremo. Imagen de archivo.
Fachada del edificio del Tribunal Supremo. Imagen de archivo.
Europa Press
Fachada del edificio del Tribunal Supremo. Imagen de archivo.

La Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha declarado "nulo" el despido de un trabajador al día siguiente de pedir que se le abonaran las horas extra realizadas previamente.

Según la sentencia, a la que ha tenido acceso 20minutos, el trabajador envió un WhatsApp al empresario con una relación de las horas extraordinarias y posteriormente "expresó su desacuerdo en relación a que no figurara y abonara el exceso de jornada".

Cree probado la sala del TS que en este caso el trabajador que contaba con  un contrato de duración determinada, que finalizaba un mes y 24 días después, fue despedido "el día después de que manifestara su disconformidad con la falta de pago del exceso de jornada", alegándose como causa del despido disciplinario una disminución del rendimiento que no se ha probado.

"Lo que sucedió es que el día siguiente a la reclamación efectuada en el seno de la empresa el trabajador fue despedido por el empresario, sin que se haya aportado indicio alguno de que dicho despido disciplinario respondiera a una causa real", reza la sentencia.

Este órgano judicial revoca así la sentencia del TSJ de Castilla y León que había considerado "improcedente" pero no "nulo" el despido. Según el TS "si un trabajador efectúa una reclamación interna e inmediatamente después es despedido, sin que la empresa acredite la existencia de incumplimientos que justifiquen la extinción contractual, debemos concluir que la imposibilidad de formular la reclamación  judicial con anterioridad al despido es imputable únicamente al empresario". 

El trabajador de una obra había sido contratado para tres meses y cuando le faltaba casi dos meses de contrato fue despedido por exigir el cobro de las horas extraordinarias realizadas. 

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