El Gobierno obliga al CGPJ a nombrar candidatos para el Constitucional o enfrentarse a "responsabilidades penales"

Pedro Sánchez, en una imagen de archivo.
Pedro Sánchez, en una imagen de archivo.
Europa Press
Pedro Sánchez, en una imagen de archivo.

Han pasado casi tres meses desde que concluyó el mandato para renovar el Tribunal Constitucional (que atañe al Consejo General del Poder Judicial, responsable de dos de los nombramientos pendientes). Aprovechando la reforma de la sedición, el Gobierno ha dado un golpe en la mesa presentando una enmienda para obligar al CGPJ a nombrar sus candidatos. El texto propuesto por los dos partidos que sostienen el Ejecutivo de coalición establece que, de incumplir el mandato, los vocales o el presidente del Consejo responsables de dicho incumplimiento se enfrentarán a "responsabilidades de todo orden que se deriven del ordenamiento jurídico, incluidas las penales".

Desde el pasado 13 de septiembre (fecha límite que se fijó para renovar el Constitucional), la relación del Gobierno y el CGPJ ha pasado de la cordialidad al enfrentamiento abierto, culminando con esta jugada de Pedro Sánchez para obligar al órgano de gobierno de los jueces a cumplir el mandato legal. Lo que está en juego es un cambio de equilibrio hacia el lado progresista en el tribunal de garantías, en tanto que el Ejecutivo necesita que el CGPJ ejecute sus dos nombramientos para que se validen los dos que corresponden al Gobierno (el exministro de Justicia Juan Carlos Campo y la catedrática Laura Díez). 

Ahora la enmienda de Sánchez obligará sin remedio a que el CGPJ deje de lado el bloqueo que el ala conservadora de este órgano ha impuesto a la renovación del tribunal. El incumplimiento de la ley por parte del CGPJ durante los últimos meses parecía no tener consecuencia alguna. Pero este movimiento del Ejecutivo pone al Poder Judicial contra las cuerdas: si siguen ignorando los plazos legales para renovar el Constitucional se pueden enfrentar a una condena penal. Aunque no especifica a qué responsabilidades penales se refiere, el delito más leve que contempla el Código Penal para una circunstancia como esta es el de desobediencia, que implica la inhabilitación. 

La propia enmienda dice que el día después de que caduque el mandato de los magistrados del Constitucional se abrirá un plazo de tres meses para nombrar nuevos miembros. Este mandato ya venía recogido en una reforma legal previa por la que el Gobierno obligaba a renovar el Constitucional el 13 de septiembre (tres meses y un día después del 12 de junio, cuando caducó el mandato de cuatro miembros del tribunal de garantías). 

La nueva enmienda dicta que, una vez el plazo haya vencido, el presidente del CGPJ pondrá en marcha los nombramientos dando un plazo de cinco días para que los vocales nombren sus candidatos (uno por persona). Acto seguido, y en el espacio de tres días, el presidente del Consejo convocará un pleno extraordinario en el que se votarán "sin necesidad de quorum mínimo" los candidatos. Si hay un empate, el presidente del CGPJ lo dirimirá en ese mismo pleno. 

Por último, la enmienda establece que, dado que el plazo legal para realizar los nombramientos ya ha concluido, el proceso comenzará cinco días hábiles después de la entrada en vigor de esta ley. Así, una vez se haya publicado la norma en el Boletín Oficial del Estado, el CGPJ tendrá un plazo total de 13 días hábiles para nombrar sus candidatos, o podría enfrentarse a problemas legales.

"En atención al carácter imperativo de este procedimiento, si por la acción u omisión de quien ejerza la presidencia [...] o de cualquiera de los vocales, se incumpliera, culposa o dolosamente, lo previsto en los apartados anteriores, se incurrirá en las responsabilidades de todo orden que se deriven del ordenamiento jurídico, incluidas las penales", zanja el documento en este sentido.

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