ERC propone un nuevo delito de malversación penado con hasta tres años menos de cárcel cuando no haya ánimo de lucro personal

El portavoz de ERC en el Congreso, Gabriel Rufián.
El portavoz de ERC en el Congreso, Gabriel Rufián.
EFE
El portavoz de ERC en el Congreso, Gabriel Rufián.
ERC propone un nuevo delito de malversación penado con hasta tres años menos de cárcel cuando no haya ánimo de lucro personal
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ERC ha presentado una enmienda a la reforma del Código Penal que se está tramitando en el Congreso según la cual propone crear un nuevo tipo dentro del delito de malversación para castigar con menos cárcel -con una pena de entre seis meses y tres años de prisión- a quienes malversen dinero público pero sin ánimo de lucro personal. Prevé también un periodo de inhabilitación para el ejercicio de cargo público de hasta cuatro años.

En la enmienda que han registrado a primera hora de este viernes, los republicanos plantean la creación de un nuevo artículo 432 bis según el cual "la autoridad o funcionario público que, sin ánimo de apropiárselo, destinare a usos particulares y ajenos a la función pública, el patrimonio público puesto a su cargo por razón de sus funciones o con ocasión de las mismas, incurrirá en la pena de prisión de seis meses a tres años, y suspensión de empleo o cargo público de uno a cuatro años".

Actualmente, el artículo 432 del Código Penal impone penas de entre 2 y 6 años de cárcel para "la autoridad o funcionario público que cometiere el delito del artículo 252 sobre el patrimonio público". Y ese artículo 252 señala que "serán punibles (...) los que teniendo facultades para administrar un patrimonio ajeno, emanadas de la ley, encomendadas por la autoridad o asumidas mediante un negocio jurídico, las infrinjan excediéndose en el ejercicio de las mismas y, de esa manera, causen un perjuicio al patrimonio administrado".

La justificación que da ERC en el texto es volver a la estructura del delito de malversación "planteada en 1995, donde lo que se considera este ilícito son las conductas de apropiación del patrimonio público con ánimo de lucro, así como el uso temporal del patrimonio público para fines particulares". 

Se trata, dice la enmienda, de "superar la inadecuada reforma" del Código Penal impulsada en 2015 por el Gobierno de Mariano Rajoy y por la que la administración desleal del patrimonio público se incluyó bajo el paraguas de la malversación. Desde ese momento, basta con perjudicar el patrimonio público administrado para ser considerado un malversador a ojos del Código Penal.

Para los cargos públicos que cometan malversación "con ánimo de lucro" personal o de un tercero, ERC plantea que sean castigados "con una pena de prisión de dos a seis años, inhabilitación especial para cargo o empleo público y para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo por tiempo de seis a diez años".

Y para este caso, ERC propone que las penas sean más altas, de entre cuatro y ocho años de cárcel e inhabilitación absoluta por tiempo de diez a veinte años, si en la acción de malversar "se hubiera causado un daño o entorpecimiento graves al servicio público"; "el valor del perjuicio causado o del patrimonio público apropiado excediere de 50.000 euros"; o "si las cosas malversadas fueran de valor artístico, histórico, cultural o científico, o se tratare de efectos destinados a aliviar alguna calamidad pública". "Si el valor del perjuicio causado o del patrimonio público apropiado excediere de 250.000 euros, se impondrá la pena de prisión en su mitad superior, pudiéndose llegar hasta la superior en grado", añade.

Y ERC sugiere también que se impongan entre uno y dos años de prisión y una multa de tres meses y un día a doce meses, así como inhabilitación especial para cargo o empleo público y derecho de sufragio pasivo por tiempo de uno a cinco años, "cuando el perjuicio causado o el valor del patrimonio público sea inferior a 4.000 euros”.

Bajar la pena mínima en desórdenes públicos agravados

Por otro lado, ERC ha presentado otra enmienda en la que propone que el delito que viene a sustituir al de sedición, el de desórdenes públicos agravados, castigue con penas de uno a cinco años de prisión e inhabilitación por el mismo tiempo. De hallarse a los "autores constituidos en autoridad", sin embargo, la pena de inhabilitación sería absoluta por tiempo de seis a ocho años, informa Europa Press.

La propuesta de los republicanos vendría a rebajar las penas contempladas en la modificación planteada por el Gobierno. El Ejecutivo propuso derogar el delito de sedición y sustituirlo en su lugar por uno de desórdenes públicos agravados, que contempla penas para las autoridades de tres a cinco años de prisión -frente a los 10 a 15 años que recoge el Código Penal vigente- e inhabilitación de 6 a 8 años -frente a los 10 a 15 años que establece la ley actual-.

El partido catalán propone rebajar a un año la pena mínima del tipo agravado, explica, "con una doble finalidad". "En primer lugar, para que la pena propuesta sea coherente con la gradación de penas previstas en el capítulo, pues es un criterio habitual que los tipos agravados no empiezan a partir de la pena máxima del tipo básico. En segundo lugar, para dejar un margen más amplio a los jueces para adaptar la pena a la gravedad y las circunstancias concretas de cada caso", explican.

Asimismo, la formación propone reformar el tipo básico de desórdenes públicos y que se castigue "con la pena de prisión de seis meses a tres años los que, actuando en grupo y con el fin de atentar contra la paz pública, ejecuten actos de violencia causando lesiones a las personas o produciendo daños en las propiedades".

Esta propuesta, señala, tiene "la voluntad de mejorar la adecuación de los preceptos recogidos en esta reforma a los principios democráticos y evitar la criminalización de los derechos de reunión y manifestación con una interpretación sesgada por parte de los tribunales, limitando así una eventual voluntad de entenderlos como un delito de peligro".

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