Cuánto dinero puedo donar sin que lo revise Hacienda

Delegación de la Agencia Tributaria.
Delegación de la Agencia Tributaria.
SERVIMEDIA
Delegación de la Agencia Tributaria.

Son muchas las personas que a lo largo de su vida han recibido o regalado bienes o dinero a un ser querido, algo que aparentemente es legal, aunque lo cierto es que se debe pagar la parte correspondiente a Hacienda, siguiendo las normas de la Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.

El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, de naturaleza directa y subjetiva, grava los incrementos patrimoniales obtenidos a título lucrativo por personas físicas, tal y como se recoge en la ley. Así, hay que tener esto en cuenta a la hora de dar o recibir alguna donación. 

Es cierto que Hacienda suele poner más la vista en aquellos movimientos de dinero o de bienes que supongan grandes cantidades, por lo que las pequeñas donaciones suelen pasar desapercibidas. No obstante, en la mencionada ley se recoge que este impuesto sobre las donaciones grava cualquier adquisición de bienes y derechos por donación o cualquier otro negocio jurídico a título gratuito.

Este impuesto también grava las herencias, cuya diferencia respecto a las donaciones es que estas últimas son traspasos de bienes o dinero que se hacen cuando ambas personas están vivas, mientras que la herencia se transfiere cuando la persona fallece. 

Adicionalmente, hay que saber que las donaciones no se incluyen en la Declaración de la Renta, pero sí que se debe declarar en la Agencia Tributaria en 30 días hábiles desde el día siguiente a la firma del contrato por el que se traspasan el dinero o los bienes.

Aunque es obligatorio realizarlo siempre, lo cierto es que para Hacienda pasan desaparecidos los movimientos de cantidades inferiores a 3.000 euros, ya que las entidades bancarias no tienen obligación de informar sobre los movimientos de dinero inferiores a esta cantidad. Aun así, siempre conviene 

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