Hasta ocho millones de pasajeros tendrían derecho a indemnización por retrasos y cancelaciones en sus vuelos de este verano

Huelga de Ryanair en el Aeropuerto de El Prat
Huelga de Ryanair en el Aeropuerto de El Prat
Europa Press
Huelga de Ryanair en el Aeropuerto de El Prat

Hasta ocho millones de pasajeros tienen derecho ser indemnizados como consecuencia de los retrasos y cancelaciones que han sufrido este pasado verano, según datos facilitados por Airhelp, organización internacional de derechos de los viajeros aéreos, que asegura que el verano de 2022 ha sido muy intenso en cuanto a interrupción de vuelos en Europa por las diferentes huelgas del sector. 

En concreto, Airhelp calcula que este verano han volado en Europa 897 millones de pasajeros durante el periodo de mayo a agosto, pero debido a la crisis aérea provocada por las diferentes huelgas del sector 310 millones de viajeros han sufrido retrasos o cancelaciones en sus vuelos, de los cuales 8 millones tienen derecho a ser indemnizados.

Esto supone un aumento significativo en comparación con los niveles pre-pandemia en los que la cifra de pasajeros susceptibles de compensación por retrasos o cancelaciones era de 6 millones, según datos de Airhelp correspondientes a 2019.

En España, las huelgas convocadas por los distintos trabajadores de aerolíneas como Ryanair, EasyJet o Iberia Express han afectados a centenares de vuelos programados provocando sobre todo retrasos y cancelaciones, aunque también ha habido otros problemas habituales como los relacionados con el equipaje y el overbooking. El Prat, Barajas y Son Sant Joan han sido los aeródromos más afectados por los paros de los trabajadores.

Cifras en aumento de mayo a agosto

La compañía experta en derechos de los pasajeros aéreos detalla que estas cifras fueron en aumento en Europa cada mes, desde mayo a agosto de 2022. De hecho, el pasado mes de mayo 12 millones de pasajeros sufrieron interrupciones en sus vuelos, 491.000 de ellos por vuelos cancelados y 1 millón de pasajeros tuvo derecho a indemnización; en junio, hubo 19 millones de pasajeros con interrupciones, 1,5 millones por cancelación de sus vuelos y 2,3 millones de pasajeros con derecho a indemnización; en julio se alcanzó el pico máximo con 23 millones de pasajeros con vuelos interrumpidos, 1,7 de ellos por vuelos cancelados y 3 millones de pasajeros susceptibles de ser indemnizados.

En agosto, los números descendieron a 19 millones de pasajeros que tuvieron que enfrentarse a una interrupción en sus vuelos, 448.000 por cancelación y 1,5 millón de pasajeros que podrían recibir compensaciones.

Durante este periodo, entre mayo y agosto, en España, han viajado en avión un total de 31,8 millones de pasajeros. De ellos, 8.240.000 han sufrido retrasos o cancelaciones en sus vuelos y 764.000 tienen derecho a ser indemnizados.

Derechos de los pasajeros

Antes estos retrasos y cancelaciones de vuelo, AirHelp recuerda a los pasajeros afectados por un retraso de tres o más horas tienen, por tanto, derecho a un transporte alternativo. La nueva reserva en otro vuelo debe ser realizada por la propia compañía aérea operadora. Los vuelos nacionales pueden reservarse opcionalmente en un billete de tren.

Si la compañía aérea no actúa de oficio, los pasajeros afectados deben fijar un plazo de tres horas después de la hora de salida prevista. Si la petición sigue sin ser atendida, los viajeros pueden buscar sus propias alternativas y cobrar a la aerolínea los costes.

A partir de un retraso de más de cinco horas o del transporte en un momento posterior, la aerolínea también está obligada a reembolsar el precio íntegro del billete. En caso de retrasos de más de dos horas y una distancia de vuelo de más de 1.500 kilómetros, la aerolínea operadora también debe proporcionar a los pasajeros comidas y bebidas en el aeropuerto.

Además, debe posibilitar dos llamadas telefónicas o el envío de dos correos electrónicos. Si es necesario, la aerolínea también debe proporcionar alojamiento y transporte a la misma. En cualquier caso, se aconseja solicitar este servicio de suministro a la aerolínea.

Según establece la CE 261, las cancelaciones y los retrasos de los vuelos pueden dar derecho a indemnizaciones de hasta 600 euros por pasajero. El importe de la compensación se calcula en función de la duración del vuelo.

El derecho de compensación depende de la duración real del retraso en el punto de llegada, así como del motivo del vuelo cancelado o retrasado. Los pasajeros afectados pueden hacer valer su reclamación de compensación con carácter retroactivo, hasta tres años después de la fecha de su vuelo.

Las circunstancias excepcionales, como las condiciones meteorológicas adversas o las urgencias médicas, pueden eximir a la compañía aérea de la obligación de compensación. Las huelgas, tanto las anunciadas como las no anunciadas, no forman parte de esto.

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