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¿En qué consiste la cotización extra por hijos reconocida por el Supremo para mujeres solicitantes del subsidio de mayores?

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Las mujeres que soliciten el subsidio de desempleo para mayores de 52 años dispondrán de una cotización adicional de 112 días por hijo, en caso de que no estuvieran trabajando en el momento del alumbramiento. Se trata de una sentencia del Tribunal Supremo, dictada para "alinearse con la Constitución y la perspectiva de género" y que ha fijado doctrina en esta cuestión.

Hasta la fecha, estas conocidas como cotizaciones ficticias se tenían en cuenta en las pensiones contributivas de jubilación y de incapacidad permanente, pero no en las de desempleo. Sin embargo, ¿de dónde viene esta sentencia del alto tribunal, qué establece exactamente y qué supone de cara al futuro?

¿En qué consiste este subsidio para mayores?

Se trata de un subsidio que cobran personas que están en paro, tienen más de 52 años, han agotado las prestaciones contributivas, cumplen todos los requisitos para acceder a la pensión de jubilación salvo la edad (entre los que se encuentran 15 años de cotización) y cuyas rentas no superan el 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI). Además, han tenido que cotizar por desempleo un mínimo de 6 años a lo largo de la vida laboral, según el SEPE.

La cuantía del subsidio para mayores de 52 años -originalmente diseñado para quienes superaban los 55 y modificado con posterioridad- asciende al 80% del IPREM (que este año se traduce en 463 euros) y a los beneficiarios les cotiza a la Seguridad Social por un 125% de la base mínima.

"Es un subsidio especial para la gente que es despedida a edad avanzada, con pocas posibilidades de retorno al mercado de trabajo. En mayo, había unas 425.000 personas recibiéndolo, de las que unas 204.000-205.000 son mujeres", explica a 20minutos Carlos Bravo, secretario de Políticas Públicas y Protección Social de CC OO.

¿Qué es lo que ha decidido el Tribunal Supremo?

El Tribunal Supremo ha reconocido una cotización adicional de 112 días por cada hijo tenido en paro a las mujeres que soliciten el subsidio por desempleo para mayores de 52 años. Con esta decisión, el Supremo pretende interpretar la ley "de manera flexible, para alinearse con la Constitución y la perspectiva de género", según informó el propio tribunal.

"Es un subsidio especial para la gente que es despedida a edad avanzada, con pocas posibilidades de retorno al mercado de trabajo"

Actualmente, para acceder a este subsidio es necesario haber cotizado por jubilación un mínimo de 15 años y de 6 por desempleo. En el caso resuelto ahora por el Supremo, esto último solo se cumplía si a la solicitante se le tenían en cuenta esas cotizaciones ficticias por nacimiento de hijo.

En este sentido, la sentencia determina que, a efectos del subsidio por desempleo para mayores, los periodos de cotización asimilados por parto deben tenerse en cuenta para comprobar si se cumplen los requisitos de cotización mínima tanto de la pensión de jubilación (15 años) como del propio subsidio (6 por desempleo).

Hasta la fecha, la Ley General de Seguridad Social solo prevé ese beneficio de los 112 días a efectos de las pensiones contributivas de jubilación y de incapacidad permanente, pero no de desempleo. "Se creó para mejorar la carrera de cotización de las mujeres que habían parido y que cobraran una cuantía mayor, y ahora se amplía a una prestación más", destaca el secretario de Políticas Públicas y Protección Social de CC OO.

¿Va a redundar en un cambio en la ley?

Tras este fallo del Supremo, ¿redundará en una modificación en la ley y esta cotización adicional llegue a todas las mujeres en la misma situación de la denunciante? "Lógicamente, una vez que el tribunal ha fijado esta doctrina, el SEPE debería modificar su actuación e incorporarlo", considera Bravo. 

"Lógicamente, una vez que el tribunal ha fijado esta doctrina, el SEPE debería modificar su actuación e incorporarlo"

"Yo cuento con que el SEPE, una vez conocida esta sentencia, modificará su criterio. Si no lo hace, le exigiremos que cambie la ley para que nadie tenga que reclamarlo. En todo caso, nosotros vamos a plantearlo en la segunda fase de la negociación sobre Seguridad Social", apunta.

¿Por qué es importante esta decisión?

Desde un punto de vista cuantitativo, el número de personas potencialmente afectadas "no será muy grande". Un caso típico sería el de una mujer con cinco años y diez meses cotizados por desempleo, a la que le faltarían dos meses para poder acceder al subsidio para mayores. "Se le sumarían los 112 días, que hasta ahora no se hacía, y con ello adquiriría el derecho", señala Bravo.

"Es más relevante por la doctrina de extensión de derechos que hace el Tribunal Supremo y, por tanto, el precedente que va a incorporar en materia de igualdad que el impacto efectivo directo", insiste.

¿De dónde sale esta decisión?

Esta sentencia del Supremo es la resolución ante el recurso presentado por una mujer de 65 años, vecina de Jaén y madre de tres hijos nacidos en 1980 y 1981, que en enero de 2019 solicitó el subsidio para mayores de 52 años (entonces 55) y le fue denegado por el SEPE por no haber cotizado seis años por desempleo. Disconforme, interpuso una reclamación administrativa, que fue desestimada.

A continuación, la mujer recurrió al Juzgado de lo Social número 4 de Jaén, que le dio la razón y reconoció el derecho de la mujer a percibir el subsidio. Posteriormente, el SEPE presentó un recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, que resolvió a su favor y revocó la sentencia anterior. Por último, el Supremo falló a favor de la mujer con esta sentencia.

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