¿Llegarán a cobrar los padres de Julen la indemnización por la muerte del pequeño ahora que el responsable es insolvente?

José Roselló y Victoria García, los padres de Julen.
José Roselló y Victoria García, los padres de Julen.
EFE
José Roselló y Victoria García, los padres de Julen.

La muerte de Julen, el pequeño de 2 años de edad que murió tras caer en un pozo en una finca de la localidad malagueña de Totalán en 2018, mantuvo en vilo a todo el país durante trece días, el tiempo que duró el complicado operativo para rescatar su cuerpo. 

El juez asignó a los padres una indemnización de 180.000 euros a cargo de David Serrano, el dueño de la finca donde sucedieron los hechos. Pero este miércoles el condenado ha sido declarado insolvente y los padres, de momento, dejarán de percibir cualquier cantidad. ¿Recibirán algún día José Roselló y Victoria García el pago al que tienen derecho por resolución judicial? 

Tragedia en Totalán

Era un 13 de enero del 2018 cuando los padres de Julen acudieron con el niño a la finca de David Serrano. Iban a hacer un arroz y pasar el día en el campo.

Pero en un momento, Julen echó a correr y se metió en una zanja. Su padre salió tras él, pero no pudo evitar que el pequeño se colara en un estrecho pozo.

De inmediato se activo un operativo para rescatarlo. Se movieron toneladas de tierra, se trató de hacer contacto con el niño desde la superficie (la boca era demasiado estrecha para un adulto) y se comenzó a cavar un pozo paralelo para llegar hasta el lugar donde los cálculos decían que se podía encontrar. Finalmente, el 26 de enero a las 3:29 horas, un miembro de los equipos de rescate llegó hasta Julen, que ya se encontraba sin vida.

El dueño de la finca de Totalán, David Serrano
El dueño de la finca de Totalán, David Serrano
EFE

180.000 euros de indemnización

Los hechos dieron lugar a un juicio para dirimir las responsabilidades del caso: ¿por qué cayó en el pozo? ¿hubo negligencia? El fiscal y la acusación particular mantuvieron que Serrano era el único que conocía la presencia de ese pozo de prospección sin tapar.

Tras un acuerdo, Serrano aceptó una condena de un año de prisión y el pago de 180.000 euros a los padres de Julen en concepto de indemnización. El juez acordó suspender el ingreso en prisión siempre que no delinquiera en dos años y pagara lo establecido. 

Serrano comenzó a pagar a razón de 50 euros al mes, y algunos meses no lo hizo, lo que le trajo la amonestación del juzgado. Finalmente, este miércoles fue declarado insolvente y se archivó de forma provisional la ejecutoria de la sentencia. 

"Obligado con todo su patrimonio"

Íñigo Navarro, profesor ordinario de Derecho Civil de ICADE - Universidad Pontificia Comillas, explica a 20minutos que el hecho de que Serrano haya sido declarado insolvente no le exime de pagar la deuda a la que está obligado por orden judicial.

"Cuando uno está obligado a pagar, está obligado con todo su patrimonio presente y futuro"

"Cuando uno está obligado a pagar, está obligado con todo su patrimonio presente y futuro, de acuerdo con el artículo 1911 del Código Civil", puntualiza Navarro. 

Íñigo Navarro, profesor ordinario de Derecho Civil de la Universidad Comillas ICADE,

Íñigo Navarro

  • Profesor ordinario de Derecho Civil de la Universidad Comillas ICADE

Ahora mismo, agrega, el obligado es insolvente, no tiene patrimonio y no puede pagar. "Pero si más adelante llegara a tener de nuevo patrimonio, tendrá que hacerlo".

"Tendrá que pagar cuando tenga cualquier cantidad de dinero en la cuenta corriente, si tiene un ingreso por trabajo, si le tocara la Lotería; cualquier cosa que aumente su patrimonio", comenta el experto en derecho civil. "Esa deuda se tiene y no se archiva. No por haber sido insolvente un día, un mes o un año, uno no deja de pagar sus deudas".

"No por haber sido insolvente un día, un mes o un año, uno no deja de pagar sus deudas"

¿Puede ocultar el patrimonio?

Navarro apunta a que es muy difícil que una persona pase el resto de su vida sin tener de nuevo patrimonio u ocultando lo que tiene. "Pensar que una persona puede llevar una vida de ocultación de su patrimonio de aquí a que se muera y no volver a tener nunca nada a su nombre, no es una vida fácil". 

En este caso, corresponde a las partes, en este caso la que representa a los padres de Julen, vigilar y presentar al juez evidencias de que el obligado tiene de nuevo recursos para hacer frente a los pagos. 

El experto aclara que no todo el patrimonio cuenta para esta obligación, pues hay un mínimo que por ley no se puede tocar. Por ejemplo, el salario mínimo interprofesional es inembargable por ley. Pero se pueden embargar todas las cantidades que superen esos límites.

Navarro anota que existen algunos supuestos en los que es el Estado el que adelanta ayudas a los afectados y después se encarga de cobrar las indemnizaciones a los responsables. Por ejemplo, en los casos de terrorismo.

Sin embargo, en el caso Julen se trata de una indemnización por daño moral que no está en esos supuestos, y los padres tendrán que esperar a que se produzca un aumento en el patrimonio de Serrano para cobrar lo que resta de esos 180.000 euros. 

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