Madrid sancionará los bulos y los falsos avisos de emergencias al 112 hasta con 30.000 euros

  • Es una de las novedades del proyecto de ley de Protección Civil, que ya se ha enviado a la Asamblea regional.
Bomberos de la Comunidad de Madrid en un simulacro de emergencia en el Canal de Isabel II.
Bomberos de la Comunidad de Madrid en un simulacro de emergencia en el Canal de Isabel II.
Comunidad de Madrid
Bomberos de la Comunidad de Madrid en un simulacro de emergencia en el Canal de Isabel II.

Las informaciones falsas son una constante en estos tiempos. Muchos bulos, afortunadamente, nacen y mueren en el ámbito de las redes sociales, pero otros tienen repercusión en la realidad. Contra todos ellos, pero especialmente contra los segundos, luchan la sociedad y las administraciones públicas. Recientemente, la Comunidad de Madrid ha puesto su foco sobre este tipo de informaciones maliciosas en el proyecto de ley de Protección Civil

El texto normativo, el primero de este ámbito que se ha elaborado en la región, se aprobó recientemente en el Consejo de Gobierno y ha sido remitido a la Asamblea regional para su debate y posterior aprobación, si es que consigue el respaldo de la mayoría de diputados. 

El proyecto tiene 46 artículos y en el número 44 se regulan cinco sanciones y todas castigan la difusión de bulos en el ámbito de la protección civil y las llamadas maliciosas al 112. Dos de las infracciones que aparecen tienen carácter grave, lo que quiere decirse que llevan sanciones económicas que pueden ir de 1.501 a 30.000 euros, de acuerdo al baremo establecido en la ley del Sistema Nacional de Protección Civil.

Los comportamientos a los que la Comunidad otorga especial gravedad son la realización de llamadas "recurrentes, insultantes, amenazadoras o jocosas" a teléfonos como el 112. Igualmente se castiga la realización de llamadas "intrascendentes" de manera reiterada, cuando afecte a la eficacia del servicio al ocupar las líneas.

El proyecto de ley elaborado por la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior también considera una infracción grave "la difusión de informaciones falsas o bulos", si de ella pueden derivarse accidentes o emergencias "con consecuencias graves" para la seguridad de las personas y bienes.

Estos mismos comportamientos pueden tener también la consideración de infracciones leves, según el texto del proyecto al que ha accedido 20minutos, y en estos casos los castigos previstos se saldarían con multas de hasta 1.500 euros. La realización de llamadas derivadas automáticamente o en remoto por servicios o dispositivos privados de protección, cuando no conlleven la movilización de los recursos autonómicos, también son susceptibles de multarse de forma leve.

El peligro de estas llamadas o difusiones de información no radica exclusivamente en su contenido falso o malicioso: se puede dar el caso de que se ocupen las líneas y los técnicos de emergencias no puedan atender avisos que sí son ciertos y hay vidas o bienes en peligro. De ahí que desde el Ejecutivo regional se haya decidido establecer sanciones duras para evitar este tipo de casos, que en cualquier caso no son comunes.

Otras novedades

No es esta la única novedad que incorporará la nueva ley, cuando sea aprobada por la Asamblea. La futura regulación permitirá que la Comunidad de Madrid pueda personarse en todos los procedimientos judiciales por incendios provocados que se produzcan en terreno forestal, algo que ya sucede en los crímenes machistas, por ejemplo. También en casos derivados de otras emergencias intencionadas. 

"Se han recogido las enseñanzas adquiridas por los responsables de seguridad y emergencias durante la pandemia y la tormenta Filomena de enero de 2021, así como los fuegos en terreno forestal y las inundaciones ocurridas durante los últimos años", señalaron desde el Gobierno sobre esta iniciativa legislativa.

Otras novedades que aparecen en el texto son la conversión de la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112 (ASEM112) en un ente público de derecho, algo que dará mayor agilidad en la gestión de las emergencias según el Ejecutivo, o una definición más clara de las competencias autonómicas y municipales en materia de protección civil, rescate y salvamento.

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