El Banco de España avisa sobre las comisiones que cobran los bancos a los usuarios

Comisiones bancarias.
Comisiones bancarias.
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Comisiones bancarias.

¿El Banco de España es el encargado de autorizar las comisiones que cobran las entidades bancarias a sus clientes por determinados productos financieros? Como ha detallado recientemente el Banco de España en un comunicado, la ley vigente no atribuye a esta entidad dicha competencia entre sus funciones.

"El régimen legal establece que, con carácter general, las comisiones son libres", indica el Banco de España al respecto. Excepcionalmente, algunas comisiones están limitadas, "como es el caso de las de cancelación y amortización anticipada de un préstamo hipotecario o de un crédito al consumo y las comisiones que se pueden cargar en una cuenta de pago básica", explica.

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En este sentido, la legislación actual establece como concepto general "la libertad de las entidades para fijar las comisiones", aunque también trata de garantizar que los clientes tengan toda la información necesaria "para que puedan comparar los cargos que cobran las entidades por cada servicio".

Asimismo, la normativa exige a las entidades que "comuniquen a sus clientes cualquier modificación con dos meses de plazo para su aceptación" y, en el caso de no estar conformes, "el régimen vigente de traslado de cuenta facilita un posible cambio de banco", recuerda.

En cualquier caso, insiste la institución, la entidad siempre te tiene que comunicar la aplicación de cualquier tipo de comisión antes de contratar un producto. "Las comisiones solo son aplicables por servicios efectivamente prestados y gastos habidos", concluye.

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