Cotización de los períodos de prestación o subsidio por desempleo: ¿sirven para mi jubilación?

Varias personas esperan en las frente a una oficina del SEPE.
Varias personas esperan en las frente a una oficina del SEPE.
EDUARDO PARRA / EUROPA PRESS
Varias personas esperan en las frente a una oficina del SEPE.

Una de las dudas más generalizadas entre las personas que se encuentran en situación de desempleo es si los periodos por los que perciben una prestación contributiva o un subsidio por desempleo cotizan o no para la jubilación. Por ello, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ha recordado a los usuarios a través de su cuenta oficial de Twitter toda la información necesaria en torno a esta cuestión.

La respuesta es sí, ya que "durante todos los períodos en los que ha percibido prestación contributiva ha cotizado por jubilación porque el Servicio Público de Empleo Estatal se encarga de ingresar las cotizaciones por esta contingencia", explican en la web oficial del organismo público.

¿Qué tipos de subsidios cotizan por la jubilación?

Como detalla el SEPE, en el caso de los subsidios por desempleo, solamente cotizan por jubilación los siguientes:

  • Los subsidios para mayores de 52 años.
  • Los subsidios de personas trabajadoras fijas discontinuas mayores de 52 años cuyo hecho causante haya tenido lugar antes del dos de marzo de 2022.
  • Los subsidios de personas trabajadoras fijas discontinuas menores de 52 años cuyo hecho causante haya tenido lugar antes del 2 de marzo de 2022, que acrediten 180 días o más de cotización. En este caso se cotizará por jubilación los primeros 60 días y la base de cotización será el tope mínimo de cotización a la Seguridad Social vigente en cada momento.

En los dos primeros casos, la base de cotización por jubilación es el 125% del tope mínimo de cotización a la Seguridad Social vigente en cada momento.

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