Impuesto sobre el patrimonio: el debate para evitar las grandes diferencias entre Comunidades

Símbolo de la Agencia Tributaria en una de las oficinas de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria.
Símbolo de la Agencia Tributaria en una de las oficinas de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria.
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Símbolo de la Agencia Tributaria en una de las oficinas de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria.

Las grandes diferencias entre territorios en el impuesto sobre el patrimonio hacen que contribuyentes iguales no paguen nada en Madrid y paguen más en Aragón, Extremadura o Baleares, lo que ha llevado al grupo de expertos para la reforma fiscal a proponer medidas para una mayor armonización entre comunidades.

Esta armonización, rechazada desde algunas comunidades, la última Murcia, cuyo presidente, Fernando López Miras, advirtió este viernes de que no descarta acudir a los tribunales si fuera necesario para evitarlo, pasan por establecer un mínimo -también en el impuesto de sucesiones y donaciones- que evite el "vaciamiento" del tributo, aunque dejando margen a las comunidades autónomas para acordar subidas o bajadas.

El presidente del Comité de expertos, Jesús Ruiz-Huerta, abogó durante la presentación del Libro blanco para la reforma fiscal por el mantenimiento de ambos impuestos sobre la riqueza, aunque elevando los mínimos exentos, suavizando la escala del gravamen y sometiendo a un proceso de evaluación las reducciones y bonificaciones.

Con respecto a la "armonización" autonómica de estos tributos, que han vivido una "competencia a la baja" entre territorios, apostó por un mínimo exento y el "mantenimiento de competencias normativas al alza y a la baja" para asegurar un "equilibrio" entre competencias normativas y autonomía tributaria.

Diferentes tipos impositivos y cuota cero de Madrid

El impuesto sobre el patrimonio, que los propios expertos reconocen en su Libro Blanco que presenta "una serie de deficiencias" que "justifican" su reforma, está cedido a las comunidades autónomas, que pueden aplicar reducciones en el mínimo exento, modificar la tarifa y aprobar deducciones y bonificaciones en la cuota.

El resultado es que, mientras que el mínimo exento general es de 700.000 euros, en Aragón es de 400.000, en Cataluña, la Comunidad Valenciana y Extremadura de 500.000 y en Navarra de 550.000; y que la tarifa mínima oscila entre el 0,16% de Navarra y el 0,3% de Extremadura y la máxima entre el 2% de Navarra y Vizcaya y el 3,75% en Extremadura.

Además, Madrid ha establecido una bonificación del 100% para todos los contribuyentes, aunque aquellos cuyos bienes y derechos tengan un valor que supere los 2 millones deben presentar autoliquidación, y La Rioja del 75%.

El estudio Panorama de la fiscalidad autonómica y foral 2021 del Consejo General de Economistas de España aporta un ejemplo en el que un contribuyente con un patrimonio de 800.000 euros paga por este impuesto 1.164,37 euros en Aragón; 1.099,31 en Extremadura; 909,44 en la Comunidad Valenciana; 769,51 en Cataluña y 475,59 en Navarra.

En el resto de comunidades la cuota final oscila entre los 280,00 euros de Baleares y los 200 de Canarias, Castilla y León, Castilla-La Mancha, Galicia, La Rioja y Guipúzcoa, aparte de los cero euros de Madrid, Vizcaya y Álava.

Esta cuota cero de Madrid se repite para todos los contribuyentes, independientemente de cuál sea su patrimonio, mientras un capital de 4 millones paga 59.919,56 euros en Extremadura y 49.997,54 en Baleares y otro de 15 millones sube hasta 418.155,60 euros en Extremadura, 375.790,74 en Baleares y 362.201,57 en la Comunidad Valenciana.

Un término medio es el de Vizcaya y Álava, donde el contribuyente con 800.000 euros no paga nada mientras el de 4 millones abona 22.400 y 31.000 euros, respectivamente, y el de 15 millones 210.400 y 254.800.

Sucesiones y donaciones

En el impuesto de sucesiones y donaciones, las diferencias se repiten y cada vez son más las comunidades que establecen reducciones o exenciones que limitan o prácticamente suprimen las cuotas a pagar por determinados descendientes.

Otro ejemplo del Panorama de la fiscalidad autonómica y foral 2021 del Consejo General de Economistas señala, en cuanto a sucesiones, que un soltero de 30 años que hereda bienes de sus padres por valor de 800.000 euros devengará 103.135,48 euros en Asturias; 81.018,76 en Castilla y León, y 63.193,76 en la Comunidad Valenciana, mientras en Andalucía, Cantabria y Galicia no pagará nada.

Igualmente, en donaciones, un hijo de 30 años que recibe de sus padres 800.000 euros acaba pagando 200.122,67 euros en Castilla y León y Extremadura y más de 170.000 euros en Aragón, Asturias y la Comunidad Valenciana, mientras en Andalucía, Murcia y Madrid son alrededor de 2.000 euros y en Cantabria cero.

Limitada recaudación

En todo caso, los impuestos sobre el capital suponen únicamente el 3,15% de los ingresos tributarios de las comunidades autónomas, 3.740,99 millones de euros; el 2,17% el de Sucesiones y Donaciones, 2.571,70 millones, y el 0,98% el de Patrimonio, según las cifras que recoge el propio Libro blanco, correspondientes a 2019.

Según datos de la Agencia Tributaria, los ingresos líquidos por ambos impuestos alcanzaron en 2019 los 1.070,50 millones en Cataluña; 421,42 en Madrid; 407,65 en la Comunidad Valenciana; 318,71 en Andalucía: 213,39 en Galicia; 213,00 en Castilla y León; 173,18 en Baleares; 140,46 en Aragón; 83,27 en Asturias; 82,53 en Castilla-La Mancha; 79,16 en Navarra; 55,61 en Murcia; 52,77 en Canarias; 49,19 en Cantabria; 31,86 en Extremadura, y 20,31 en La Rioja (no figuran los de País Vasco).

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