Qué gestiones debo hacer para cobrar una prestación por nacimiento y el paro a la vez

Paro, Parados Empleo, Desempleo, Trabajo, INEM, Seguridad Social, Autónomo
Prestaciones de la Seguridad Social.
EUROPA PRESS
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¿Qué ocurre si estás en paro cobrando la prestación contributiva y estás al mismo tiempo en situación de maternidad o paternidad? ¿Es posible percibir ambas prestaciones? Como subraya el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), si el nacimiento de un hijo o hija o el cuidado de menor coincide deberá solicitar la suspensión del paro si quiere recibir la otra ayuda. 

Por tanto, no se pueden cobrar las dos prestaciones de manera simultánea, aunque las personas beneficiarias sí tienen la opción de parar el ingreso de la prestación por desempleo y reanudarla posteriormente percibiendo el mismo importe. Además, "mientras dure cualquiera de estas situaciones, no se consumen días de la prestación por desempleo", explica el SEPE.

¿Cuáles son los pasos a seguir?

De esta manera, se puede solicitar la suspensión de la prestación por desempleo a través de la Sede Electrónica del Servio Público de Empleo Estatal, o en una oficina de prestaciones, previa petición de cita en la Sede Electrónica o llamando a los teléfonos concretos para la solicitud de cita. 

A la hora de comunicar la baja, la persona interesada también deberá presentar los siguientes documentos:

  • En el caso de maternidad: libro de familia o documento que acredite la adopción o el acogimiento, o informe de maternidad, o cualquier documento que acredite esta situación.
  • En el caso de paternidad: libro de familia o un documento que acredite la adopción o el acogimiento.

Una vez presentada la documentación necesaria, recibirá una copia de la solicitud de baja que tendrá que presentar en la oficina del Instituto Nacional de Seguridad Social correspondiente, para así poder pedir la prestación por maternidad o paternidad. 

Cuando finalice este periodo y previa reactivación de la demanda de empleo, la persona tendrá 15 días de plazo para solicitar la reanudación de la prestación contributiva por desempleo. 

Si se solicita fuera de este plazo, "se reanudará a partir de la fecha de solicitud y supondrá la pérdida de tantos días de prestación como medien entre la fecha en que haya finalizado la prestación de maternidad/paternidad y la fecha de presentación de la solicitud", concluye el SEPE.

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