Nueva condena a la Generalitat por no proteger a sus médicos en la primera ola de Covid: 4.500 euros a cada médico

  • El Juzgado condena a la Consellería por exponer a riesgo de contagio por covid-19 en los centros de salud y hospitales.
Vithas Valencia 9 de Octubre forma a médicos y enfermeras en cuidados intensivos para reforzar las UCI frente a la covid-19
Médicos de la UCI en Valencia.
VITHAS
Vithas Valencia 9 de Octubre forma a médicos y enfermeras en cuidados intensivos para reforzar las UCI frente a la covid-19

El sindicato Médico de la Comunitat Valenciana (CESM-CV) ha anunciado este lunes que el Juzgado de los Social número 10 de València y su provincia ha impuesto una nueva condena a la Conselleria de Sanidad por la falta de elementos de protección destinados al colectivo médico durante la primera ola del coronavirus.

Según ha expresado el sindicato en un comunicado, la sentencia establece como hechos probados que los medios de protección disponibles "eran insuficientes para hacer frente a los peligros de contagio". "Se les llegó a proporcionar una mascarilla quirúrgica para varios días o a lo sumo una mascarilla por día en los servicios en los que existía un riesgo mayor, concretamente en Urgencias", dispone la sentencia.

"Se les llegó a proporcionar una mascarilla quirúrgica para varios días"

Además, se expone que las mascarillas FFP2 "se encontraban bajo llave y solo eran suministradas en casos contados. Los facultativos tampoco disponían de guantes ni de batas.”

El CESM-CV, que ha expresado su "satisfacción" por este reconocimiento por parte de la Justicia, ha explicado que la sentencia refleja "que la Conselleria de Sanidad tenía menos medios de los necesarios", y, por tanto, el Juzgado "falla condenar a la Conselleria a indemnizar a los médicos demandantes con 4.500 euros al haber estado expuestos a riesgo de contagio por covid-19 en los centros de salud y hospitales".

El Equipo Jurídico del Sindicato Médico de la Comunidad Valenciana CESM- CV estudia recurrir la sentencia ante el TSJ de la C. Valenciana para que las cantidades a indemnizar se ajusten a lo reclamado en la demanda y conforme acordó en la anterior sentencia el Juzgado de lo Social número 5 de Alicante.

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