La batalla hipotecaria del IRPH: las opciones que ahora tienen los usuarios tras las nuevas sentencias "ejemplares"

Una hipoteca.
Una hipoteca.
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Una hipoteca.

Dos sentencias del Juzgado de Primera Instancia 7 de Pamplona han anulado el índice hipotecario del IRPH debido al "perjuicio económico causado" al consumidor, a quien el juez ha ofrecido dos posibilidades para que el banco le compense por las pérdidas: anular todo el contrato, con la consiguiente devolución por parte de la entidad financiera de los intereses cobrados; o la sustitución del índice por el Euríbor.

Estas nuevas resoluciones judiciales podrían suponer una inyección de moral para las personas afectadas por el IRPH, pero lo cierto es que rayo de esperanza llega en un momento de incertidumbre

Los afectados esperan con impaciencia una nueva resolución del Tribunal Supremo (TS) después de que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en su último auto sobre el índice IRPH, de 17 de noviembre de 2021, no fuera claro sobre este asunto. 

En un auto para responder a la cuestión prejudicial planteada por el juez de primera instancia número 38 de Barcelona, Francisco González de Audicana, el mismo que elevó a Europa la legalidad de estas hipotecas por primera vez, el tribunal europeo señaló que las hipotecas referenciadas al IRPH no serían abusivas por el simple hecho de que las entidades financieras no informasen sobre cómo se calculaba ese índice o no entregasen un folleto informativo con su evolución anterior.

No obstante, dejó la puerta abierta al criterio de cada juzgado: "Se considerarán abusivas cuando, contrariamente a las exigencias de la buena fe, causen en detrimento del consumidor un desequilibrio importante entre los derechos y obligaciones de las partes que se derivan del contrato”.

De esta manera, Europa dejó que fuesen los tribunales nacionales los que decidieran acerca de la falta de transparencia de las hipotecas suscritas con este índice. La pelota, por tanto, está ahora de nuevo en el tejado del Supremo, que ya consideró en octubre de 2020 que las hipotecas con IRPH no son "abusivas" pese a no ser transparentes.

"Las sentencias reflejan el criterio y el espíritu de la directiva europea"

"El Tribunal de Justicia de la Unión Europea pocas veces decide de manera definitiva. Lo que hace es dar pautas para que lo hagan los tribunales nacionales. Y eso es lo que hizo en el auto del pasado mes de noviembre. Por tanto, todo queda al arbitrio de los juzgados hasta que el Tribunal Supremo no se pronuncie de nuevo", ha explicado Almudena Velázquez, directora del reclamador.es, empresa tecnológica especializada en reclamaciones de consumidores. 

Velázquez ha opinado que las sentencias del juzgado de Pamplona "son como tendrían que ser todas" porque realmente "reflejan el criterio y el espíritu de la directiva europea" aunque ha recordado que no son definitivas debido a que se pueden recurrir por parte de los bancos: "Ante este limbo legal intentarán forzar para mantener el pleito". En cuanto a la posibilidad de que el Supremo modifique su posición no las tiene todas consigo. "Es un tribunal poco flexible a modificar sus criterios"

Desde el reclamador.es han recomendado a sus clientes "paralizar las reclamaciones de IRPH, de momento, ya que continuar con el procedimiento judicial ahora mismo, no creemos que sea una buena alternativa". "Lo cierto es que si continuáramos con los procedimientos, lo más probable es que el banco gane, y con una sentencia firme nuestros clientes perderían la posibilidad de reclamar en un futuro el índice IRPH, algo que no podemos permitir". 

Por su parte, la Asociación de Usuarios Financieros (Asufin) también ha celebrado las sentencias, que siguen "la doctrina que estableció el TJUE en su último auto sobre IRPH". Su presidenta, Patricia Suárez, ha señalado que estas sentencias son "ejemplares", ya que "dan la palabra al afectado y le permiten elegir lo que más le conviene". "Una vez declarado nulo el IRPH, el juez da la posibilidad al cliente de elegir cómo ser resarcido", concluye.

¿Qué es el IRPH? ¿cuántas familias hay afectadas?

El IRPH es un índice oficial reconocido por el Banco de España. Para calcularlo, se hace la media de los intereses a los que los bancos colocan sus hipotecas. Es el segundo índice más utilizado en los préstamos para la compra de viviendas solo por detrás del Euríbor, cuyo cálculo va unido a los préstamos entre bancos.

En 2013, cuando el Euríbor empezó su descenso a valores cercanos al cero, el IRPH se mantuvo estable en el 2%. Esto supuso un encarecimiento de las cuotas de las hipotecas afectadas entre 200 y 300 euros al mes, según organizaciones que defienden los intereses de los afectados, como Asufin o IRPH Stop Gipuzkoa.

Es un índice engañoso para los usuarios porque es muy difícil comprender y que fue comercializado fraudulentamente"

Las diferentes asociaciones creen que hubo falta de información a la hora en su comercialización. "Es un índice engañoso para los usuarios porque, con semejantes fórmulas, es muy difícil comprender sus ventajas e inconvenientes. Fue comercializado fraudulentamente. Se ofrecía como las cláusulas suelo, como si fuera un beneficio para el consumidor. Se decía que iban a estar más protegidos y se ha demostrado falso", ha asegurado Manuel Pardos, presidente de la Asociación de Usuarios de Bancos Cajas y Seguros (Adicae). Algunas organizaciones, como Asufin, hablan de más de un millón de personas o familias afectadas, el 20% aproximado de las hipotecas suscritas en nuestro país.

La banca, por su parte, sostiene que el IRPH es un índice oficial elaborado por el Banco de España, es decir: que las entidades no intervienen en su configuración. También subrayan que no había sido cuestionado hasta ahora en sus 25 años de existencia y que dicho conflicto no puede ser comparado con el de las cláusulas suelo, ya que no es una cláusula del contrato, por lo que no puede ser objeto de un control de transparencia ni de abusividad al haber sido fijado conforme a disposiciones legales.

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