Las Administraciones deberán ofertar antes del 1 de junio las plazas de trabajadores temporales ahora ocupadas

  • La ley de interinos entra en vigor este jueves tras su publicación en el BOE.
  • La fase de concurso ponderará un 40% y la experiencia será determinante en la valoración.
Oposiciones auxiliar administrativo
Foto de archivo de una oposiciones de auxiliar administrativo.
Gustavo Valiente Herrero
Oposiciones auxiliar administrativo

Las Administraciones tienen que ofertar las plazas de trabajadores temporales que ahora están ocupadas. Y tienen que hacerlo antes de 1 de junio. Es la principal consecuencia de la ley para la reducción de la temporalidad en el empleo público, que entra en vigor este jueves 30 de diciembre, tras su publicación, este miércoles, en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

La norma reservará concursos y no oposiciones para puestos de trabajo en la Administración que hayan estado ocupados de forma temporal durante al menos cinco años. El objetivo de la ley es reducir la temporalidad del conjunto de las Administraciones por debajo del 8%, una ratio que a día de hoy sí cumple la Administración General del Estado, pero no otros ámbitos territoriales.

Los procesos selectivos deberán finalizar antes del 31 de diciembre de 2024

Éste es, a su vez, un compromiso que adquirió el Gobierno con la Unión Europea a través de las reformas contenidas en el Plan de Recuperación y supone también cumplir con las sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea y del Tribunal Supremo. La ley recibió luz verde definitiva en el Senado hace una semana.

Proceso de concurso-oposición

Entrando en el contenido de la norma, las Administraciones Públicas deberán ofertar, antes del 1 de junio de 2022, las plazas de trabajadores temporales que están actualmente ocupadas. Los procesos selectivos deberán finalizar antes del 31 de diciembre de 2024 y será un proceso de concurso-oposición el que dará acceso a estas plazas.

La fase de concurso ponderará un 40% y la experiencia será el elemento determinante en la valoración, mientras que la ley fija que los ejercicios de la fase de oposición podrán considerarse no eliminatorios. Asimismo, las diferentes Administraciones podrán adaptar el temario y el tipo de pruebas para la estabilización del empleo, según consideren más apropiado para cada ámbito.

Se beneficiarán de la estabilización que recoge la ley tanto el personal funcionario como el laboral, siempre que cumplan las condiciones requeridas

Uno de los puntos claves de la nueva norma es que las plazas que hubieran estado ocupadas con carácter temporal de manera ininterrumpida desde antes del 1 de enero de 2016 se convocarán por el sistema de concurso de manera excepcional. Esto significa que las plazas estructurales de la Administración que lleven al menos cinco años ocupadas de forma interina, así como las ocupadas por personas interinas que lleven más de cinco años empleadas en la Administración, se convocarán a través de este proceso extraordinario para su estabilización.

El personal interino que no supere este proceso selectivo tendrá derecho a una indemnización de 20 días por año trabajado hasta un máximo de doce meses. Estas personas también se incorporarán a una bolsa de empleo específica. Tanto el personal funcionario como el laboral se beneficiará de la estabilización que recoge la ley siempre que cumpla las condiciones requeridas.

La aplicación de la norma alcanzará a todos los niveles de la Administración, a todas las sociedades mercantiles públicas, a las entidades públicas empresariales, a las fundaciones y los consorcios del sector público, por lo que el proceso de regularización se efectuará en todos esos ámbitos, sin perjuicio de que pueda adecuarse a su normativa específica.

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