Galicia recibe el aval jurídico para exigir el certificado covid también en los interiores de restaurantes y bares

El portero de una discoteca valida un pasaporte covid en Barcelona.
El portero de una discoteca valida un pasaporte covid en Barcelona.
SILVIA JARDI / ACN
El portero de una discoteca valida un pasaporte covid en Barcelona.

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha autorizado a la Xunta a implementar el certificado covid para permanecer en los "interiores" de restaurantes, durante todo el día, y en los bares -en este caso a partir de las 21.00 horas-. La medida aplica a todos los mayores de 12 años e implica la presentación del certificado de vacunación, recuperación o un prueba negativa de diagnóstico.

De este modo, la Comunidad gallega extenderá el uso de este pasaporte, que ya está en vigor en todo el ocio nocturno, en los albergues (para la ocupación del 100 por cien de las camas en habitaciones compartidas) y para los acompañantes y visitantes de los pacientes ingresados en hospitales.

Una vez que se publique la medida en el Diario Oficial de Galicia (DOG), entrará en vigor al día siguiente y estará vigente hasta el 18 de diciembre

Esta medida, señala el tribunal en su resolución, "no solo cumple la función de evitar contagios, sino también minimizar los riesgos", pues recuerda que es "una evidencia científica" que la transmisión de la covid-19 entre los vacunados es "mucho menor a la de los no vacunados".

Los jueces también subrayan en el auto, contra el que cabe presentar recurso de casación, que no constan "otras medidas alternativas menos gravosas para garantizar la seguridad sanitaria en este tipo de establecimientos en la situación de emergencia sanitaria en la que aún nos encontramos". 

En Galicia la justicia ha autorizado a la Xunta en las últimas semanas a pedir este certificado o la prueba negativa pertinente en el ocio nocturno, los albergues que quieran poner a disposición de los clientes el 100 % de las plazas y para los visitantes y acompañantes de enfermos en hospitales.

El auto del alto tribunal gallego especifica que la medida autorizada en la hostelería permite "unos niveles mayores de ocupación, pero garantizando la seguridad sanitaria", ya que esta documentación se pide para entrar en espacios cerrados "en los que se pueden agrupar factores que aumentan el riesgo de transmisión de la covid-19". 

Argumentos

De ese modo apunta a que en ellos se establecen "contactos próximos y prolongados entre personas, con escasa renovación de aire en el interior, en algunos casos, y realización de actividades en las que es necesaria la retirada de mascarilla (al comer o beber) y de acciones que ocasionan una mayor generación de aerosoles (hablar, en ocasiones, con un tono de voz mayor del normal o cantar)". 

Los magistrados inciden, además, en que estos locales son "lugares de socialización que favorecen la relajación de la atención necesaria para mantener las medidas individuales de prevención (uso de máscara y mantenimiento de la distancia de seguridad interpersonal), a lo que puede contribuir el consumo de alcohol".

El auto sostiene que la medida tampoco supone "un sacrificio desproporcionado", ya que "la entrada o el acceso al establecimiento es voluntaria". Y recuerdan los jueces del alto tribunal autonómico que la situación epidemiológica de Galicia está "empeorando", por lo que, según la Sala, "las actividades que presentan un riesgo comparativamente más alto de transmisión, como la hostelería, precisan continuar con medidas específicas de control, toda vez que el virus sigue circulando y causando nuevos casos, ingresos hospitalarios en unidades de agudos y en unidades de críticos y muertes en nuestra comunidad".

Contexto estacional

El auto hace mención al contexto estacional, que limita la utilización de terrazas y espacios al aire libre, por lo que "refuerza la necesidad de arbitrar mecanismos de control de acceso de personas en los establecimientos que pretendan incrementar los niveles de ocupación y capacidad, con el fin de evitar riesgos de contagios".

Una vez que se publique la medida en el Diario Oficial de Galicia (DOG), entrará en vigor al día siguiente -previsiblemente se publica este viernes y entra en vigor este sábado- y estará vigente hasta el 18 de diciembre. Confirmada está la entrada en vigor de la reducción de los grupos máximos en hostelería y ocio nocturno, así como en los eventos con cócteles.

En este caso, la medida ya fue publicada en el DOG-bis el jueves, ya que no necesita autorización de los tribunales. Así pues, desde este sábado, habrá un límite de ocho personas por grupo o mesa en los interiores de la hostelería (frente a las diez permitidas hasta el momento), mientras que en terrazas será de 15 personas (frente a las 20 hasta ahora permitidas). El certificado se pedirá a todos los mayores de 12 años, puesto que es la población diana que ya ha podido acceder a la vacunación.

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