Los asesinos machistas son condenados a una media de 14 años de cárcel en España

  • Hacen frente a indemnizaciones de 212.808 euros de media.
  • Así lo revela en uun estudio el CGPJ.
  • El 77% de los casos analizados fueron cometidos por hombres.
  • Teléfono gratis de ayuda sobre violencia doméstica: 016.

Los hombres que matan a sus parejas o ex parejas cumplen una media de 14 años de cárcel y hacen frente a indemnizaciones de 212.808 euros, según un estudio del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) realizado con las 35 sentencias dictadas en materia de violencia doméstica y de género en 2007.

Según este estudio, realizado por el grupo de expertos en violencia doméstica y de género del CGPJ, el 77% de los casos analizados fueron cometidos por hombres, mientras que en el 23% restante la agresora fue mujer, sola o en compañía de otra persona, normalmente su nueva pareja sentimental.

Así, el estudio concluye que el perfil del autor de este tipo de crímenes es de un varón de entre 31 y 45 años, en el 66% o de los casos de nacionalidad española, que emplea para matar fundamentalmente armas blancas como cuchillos y navajas.

Además, el estudio refleja que en la mayoría de los casos, el autor de estos homicidios no actúa a consecuencia de una enfermedad o alteración mental o bajo los efectos del alcohol o las drogas.

En lo que se refiere a las víctimas, según el estudio, el 65% son españolas, que en la mayoría de los 35 casos estudiados no habían presentado una denuncia previa, que sólo constan en nueve de las sentencias analizadas.

Suben las denuncias previas

En otros nueve fallos se constata la existencia de agresiones o amenazas previas, pero sólo tres de ellos recogen que se hubieran adoptado medidas cautelares.  Sin embargo, este estudio refleja un incremento del 14% de las denuncias previas y de ocho puntos respecto a la existencia de agresiones y amenazas anteriores, frente al estudio realizado en 2006.

Los 35 sentencias emitidas en 2007 fueron condenatorias y en el 69% de los casos el escenario del crimen fue el domicilio común, el de la víctima o el del agresor. Asimismo, en 14 casos existía un vínculo matrimonial entre el agresor y la víctima y en el resto la relación afectiva era de convivencia de hecho o de noviazgo.

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