La Justicia niega que la denunciante del caso Neurona conociera ilegalidades y que Podemos la despidiera como castigo

  • Carmona denunció haber sido cesada como represalia por acometer unas supuestas investigaciones sobre el partido.
  • ​El tribunal no considera probado que supiera de la supuestas ilegalidades que denunció junto a Calvente.
El Tribunal Constitucional (TC) ha tumbado este jueves la entrada del exvicepresidente Pablo Iglesias y del jefe de gabinete del presidente Pedro Sánchez, Iván Redondo, en el órgano rector del Centro Nacional de Inteligencia (CNI). Según ha adelantado el diario ABC y confirmado fuentes jurídicas a 20Minutos, el Pleno ha admitido el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por Vox contra la inclusión del hasta hace una semana líder de Podemos. No aprecia el Constitucional la "urgencia" con la que la medida debía contar al haberse incluido en un decreto-ley.
Pablo Iglesias, en una imagen de archivo.
El Tribunal Constitucional (TC) ha tumbado este jueves la entrada del exvicepresidente Pablo Iglesias y del jefe de gabinete del presidente Pedro Sánchez, Iván Redondo, en el órgano rector del Centro Nacional de Inteligencia (CNI). Según ha adelantado el diario ABC y confirmado fuentes jurídicas a 20Minutos, el Pleno ha admitido el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por Vox contra la inclusión del hasta hace una semana líder de Podemos. No aprecia el Constitucional la "urgencia" con la que la medida debía contar al haberse incluido en un decreto-ley.

Ni conocía las irregularidades que denunció y que dieron lugar a la investigación del denominado caso Neurona, ni fue cesada por la dirección de Podemos como represalia por ello. El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha rechazado el recurso que la ex responsable de Cumplimiento Normativo del partido, Mónica Carmona, interpuso contra la sentencia que consideró en primera instancia que su despido no fue una represalia por denunciar supuestas irregularidades. Ahora se confirma ese fallo y se rechaza la tesis de Carmona, que sostenía que su despido era un castigo por haber acusado a Podemos de una serie de irregularidades.

Carmona, abogada de profesión, comenzó a trabajar para Podemos en Cataluña en 2016 con un contrato a tiempo parcial. Al ser nombrada jefa de 'compliance' de Podemos a nivel nacional, su jornada fue aumentada tiempo completo, aunque terminó siendo cesada de esta última responsabilidad en diciembre de 2019, por lo que volvió a tener jornada reducida. Fue entonces cuando denunció que su despido se produjo como represalia, ya que, según su versión, tanto ella como Calvente llevarían tiempo investigando presuntas irregularidades.

En un escrito firmado junto a el exabogado, definió su cese como "un acto grave de represalia y posibles coacciones" que tenían como fin "ocultar las graves infracciones" que supuestamente investigaban "e intentar doblegar" su voluntad. Todo lo investigado lo llevaron después al Juzgado de Instrucción número 42 de Madrid y llegaron a suponer la apertura de siete líneas de investigación, de las que se han archivado seis. Solo queda, por tanto, una 'viva': la de Neurona, en la que se investiga si la consultora llegó a realizar los trabajos por los que la formación le pagó 360.000 euros. También denunció el caso Niñera, en el que se investiga el presunto uso como niñera de una asesora de la actual ministra de Igualdad, Irene Montero. En el marco de esa causa dijo no tener pruebas.

No obstante, esa denuncia donde presentaba su despido como un castigo por sus pesquisas fue desestimada por el Juzgado de lo Social de Granollers, que en marzo de este año ya sentenció que Carmona no ofreció "indicio alguno" con el que probar que Podemos le modificara la jornada como represalia. Además, el tribunal precisó que la dirección del partido no tenía conocimiento de la existencia de investigaciones por su parte, porque solo fueron comunicadas al resto de órganos del partido cuando se hizo público su cese. El Juzgado sí sentenció, no obstante, que Podemos debía indemnizarla.

Es la línea que mantuvo el TSJC para desestimar el recurso de reposición de Carmona. En el auto, fechado el 4 de noviembre, al que ha tenido acceso 20Minutos, la Sala expuso no haber encontrado "ningún indicio" de vulneración de sus derechos fundamentales como trabajadora. Según el escrito, no quedó constatado en el juicio que Carmona conociese las supuestas irregularidades que denunció junto a Calvente. Tampoco que las comunicase.

"En ningún momento se afirma que la demandante comunicara a una tercera persona ni al propio partido dichas circunstancias", afirmó el tribunal en la sentencia, en la que también rechazó que, aunque hubiese contado sus investigaciones, no valdría como argumento para "constituir un acto de reclamación" como el acometido. Añadió que de haber conocido dichas ilegalidades su trabajo consistía en denunciarlas.

El TSJC también dio por "verificado" que los mensajes que intercambió Carmona con la dirección del partido se enviaron una vez los medios de comunicación ya habían publicado su cese. Además, considera que el objetivo de Carmona al enviar dichos mensajes era intentar que el cese no se ejecutase. "No han existido, por tanto, ni el ejercicio del derecho ante la empresa ni la represalia de la misma", concluyó el tribunal en la sentencia.

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