En una sentencia conocida este martes, la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJIB declara el recurso inadmisible por falta de competencia. Esto se debe a que el decreto de la presidenta, Francina Armengol, se dicta al amparo de una delegación de competencias vinculado a la declaración del Estado de alarma, lo que hace que el Tribunal provincial no sea competente.
El decreto impugnado establecía medidas de carácter excepcional, incluyendo la restricción de la entrada y salida del territorio balear salvo casos justificados entre el 26 de marzo y el 11 de abril, y limitaciones a las reuniones sociales.
El recurso también se dirigía contra un acuerdo del Consell de Govern del 24 de marzo que establecía restricciones a la hostelería. Respecto a este punto el TSJIB desestima el recurso.
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