Adiós a la calefacción central: estos son los edificios que tendrán que poner contadores individuales antes de 2023

Con la llegada del otoño y el consecuente descenso de temperaturas, las comunidades de vecinos comienzan a poner en marcha el sistema de calefacción central del edificio. Sin embargo, los horarios de encendido y apagado suelen ser motivo de desacuerdos entre los propietarios de una comunidad, ya que algunos pueden no estar de acuerdo en cuál es el momento idóneo para llevar a cabo esta instalación. A nivel general, durante los meses de octubre y noviembre es cuando se suelen encender los sistemas de calefacción y en abril el apagado, dependiendo de si han aumentado las temperaturas o no.
Radiador.
Con la llegada del otoño y el consecuente descenso de temperaturas, las comunidades de vecinos comienzan a poner en marcha el sistema de calefacción central del edificio. Sin embargo, los horarios de encendido y apagado suelen ser motivo de desacuerdos entre los propietarios de una comunidad, ya que algunos pueden no estar de acuerdo en cuál es el momento idóneo para llevar a cabo esta instalación. A nivel general, durante los meses de octubre y noviembre es cuando se suelen encender los sistemas de calefacción y en abril el apagado, dependiendo de si han aumentado las temperaturas o no.

La calefacción central sin contar los consumos individuales en los edificios de viviendas españoles tiene los días contados. En mayo de 2023, la mayoría de estas instalaciones habrán desaparecido por la nueva ley aprobada por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Democrático.

Tras el Real Decreto publicado el pasado 6 de agosto en el Boletín Oficial del Estado (BOE), 1,4 millones de viviendas en España tendrán que cambiar sus sistemas de calefacción.

¿Tiene mi edificio que cambiar la calefacción?

Para formar parte de ese millón y medio de edificios que tendrán que atenerse a la nueva ley, hay que cumplir varios requisitos

La disposición general es que existirá en los edificios anteriores a 1998 "la obligación de instalar contadores individuales que midan el consumo de energía térmica de cada consumidor, siempre que sea técnicamente viable y económicamente rentable".

Los edificios posteriores a 1998 ya se atienen a la regulación del Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (RITE), ya que ya están obligados a instalar dispositivos de contabilización individuales.

La norma establece dos plazos: primero, la fecha límite para obtener al menos un presupuesto a una empresa instaladora regulada por el RITE para la realización de la adecuación de la instalación al Real Decreto (gratuito y hasta 2022) y, segundo, la fecha límite para tener activa la instalación, que será siempre 15 meses después, según explica la Asociación Española de Repartidores de Costes de Calefacción (ACERCA).

Las excepciones: geografía, ahorro y tipo de instalación

Ahora, a pesar de la generalidad de la norma, existen algunas excepciones para no atenerse a la nueva ley. Los supuestos son los siguientes:

- Los edificios situados en los archipiélagos o en las zonas más cálidas del litoral mediterráneo: islas, zona de Levante, Guadalquivir, Ceuta y Melilla).

Si no es viable técnica ni económicamente adaptar los medidores de consumo del edificio a la norma actual: si la inversión no es rentable en 4 años porque el coste de la instalación no se compense con el ahorro generado en ese plazo.

Si la instalación térmica del edificio es de tipo "monotubo en serie": aunque estos edificios seguirían obligados a instalar contadores de calefacción.

Contador o repartidor: ¿qué sistema instalar?

El decreto establece que "siempre que sea técnicamente posible, financieramente razonable y proporcionado en relación con el ahorro potencial de energía" se deberán instalar "contadores individuales a un precio competitivo, que reflejen exactamente el consumo real de energía del cliente final y que proporcionen información sobre el tiempo real de uso".

Si no se pudiese instalar un contador individual (el cual se instala directamente en cada vivienda y calcula exactamente la calefacción en kWh), se puede instalar en su lugar un repartidor de costes, que funciona radiador a radiador midiendo las unidades de consumo.

Si el consumidor tiene la condición de vulnerable podrá ser beneficiario de una ayuda directa para el cumplimiento de esta obligación.

¿Las diferencias? El contador es más preciso, mientras que con el repartidor hay que hacer, posteriormente, una media para repartir los costes entre todos los vecinos.

También está el factor económico a la hora de adquirir alguno de los dos: cada repartidor cuesta 30€ y un contador puede llegar a costar 250€. En España ya se han instalado en 180.000 viviendas, y ha supuesto un ahorro estimado del 24%.

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