El Gobierno PP-Cs reorganiza los precios públicos y diferencia los de las sociedades mercantiles

El Gobierno de Zaragoza, PP-Ciudadanos, ha aprobado este lunes una reorganización integral de los precios públicos recogidos en la ordenanza fiscal 27 y, por primera vez, se separan los precios públicos de las sociedades mercantiles, que se rigen por precios privados.
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Hasta 2022 existirá una transitoriedad para dar tiempo a que lassociedades puedan adaptarse a esta reorganización. La nueva regulación se basa en un informe elaborado por la Universidad de Zaragoza, enconcreto por el departamento de Derecho Tributario, de cuyo contrato se ha dado cuenta la semana pasada en la Comisión de Presidencia, Hacienda e Interior.

El informe determina la verdadera naturaleza del precio público en el Texto Regulador de Precios Públicos y concluye si debe mantener la naturaleza de precio público, prestación patrimonial, de carácter público no tributario o precio privado.

La regularización de los precios públicos y privados forma parte de la estrategia marcada en el Área de Presidencia, Hacienda e Interior para adecuar la ordenación normativa de las ordenanzas fiscales y ofrecer la máxima seguridad jurídica.

"Nunca antes se había llevado a cabo una ordenación integral de la ordenanza fiscal 27, la cual sólo se había parcheado mediante numerosas enmiendas que la hacían deficiente su lectura e interpretación por los ciudadanos", ha indicado el Ayuntamiento de Zaragoza en una nota de prensa.

MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA DE PLUSVALÍA

Además se ha aprobado la reordenación normativa de modificación de la ordenanza fiscal número 9 del Ayuntamiento de Zaragoza, que regula el Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, conocido como plusvalía municipal.

Se trata de reorganizar para ofrecer al ciudadano la máxima seguridad jurídica. La redacción del proyecto de ordenanza para 2022 se basa en el mismo informe de la Universidad de Zaragoza, fruto del convenio de colaboración suscrito entre el Consistorio y UNIZAR, suscrito el 5 de julio de 2021, para realizar estudios, informes y actividades formativas.

En tanto no exista legislación estatal, desde 2017, el Tribunal Constitucional concluye que, en supuestos en los que se produzca una pérdida en el valor del suelo entre la fecha de compra y la de venta del inmueble, debían declararse inconstitucionales y nulos algunos delos artículos de la Ley Estatal Reguladora de las Haciendas Locales. La sentencia ha generado numerosa jurisprudencia.

A la espera de que una reforma de la Ley determine en su articulado la forma de calcular el impuesto de plusvalía, el Ayuntamiento de Zaragoza, mediante una instrucción de la consejera municipal de Presidencia, Hacienda e Interior, María Navarro, de fecha 18 de octubre, ha determinado un cambio en la gestión por que los ciudadanos pueden demostrar, mediante valores de suelo de escrituras, si existe o no un incremento en la transmisión de un terreno de naturaleza urbana. "Se trata de aplicar un criterio justo", ha subrayado Navarro.

De esta manera, sólo en el caso de que haya plusvalía se procede a autoliquidar el Impuesto del Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana. Si se ha producido un decremento en el valor de la transmisión, el ciudadano no abona impuesto y su obligación fiscal queda reducida a una autoliquidación con minusvalía.

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