PSOE y UP pactan agilizar el cobro del ingreso mínimo para cubrir a más afectados

  • Acuerdan varias modificaciones con el objetivo de duplicar el número de beneficiarios de la ayuda.
  • Los ingresos por dependencia dejarán de tenerse en cuenta para determinar si la familia tiene derecho al IMV.
  • Los cambios podrían entrar en vigor en unos meses, cuando termine la tramitación parlamentaria en el Congreso.
  • Cuánto tiempo se cobra el Ingreso Mínimo Vital.
Los ministros de Derechos Sociales y Seguridad Social, Ione Belarra y José Luis Escrivá.
Los ministros de Derechos Sociales y Seguridad Social, Ione Belarra y José Luis Escrivá.
EFE
Los ministros de Derechos Sociales y Seguridad Social, Ione Belarra y José Luis Escrivá.
Las personas que pierdan sus ingresos no tendrán que esperar un año para pedir el IMV.
Europa Press

El Gobierno reforma el ingreso mínimo vital para intentar solventar los múltiples problemas que ciertas familias vulnerables tienen para acceder a él. PSOE y Unidas Podemos han acordado impulsar varios cambios de calado en la prestación, y uno de ellos tendrá que ver con el periodo que se tiene en cuenta para determinar si un ciudadano tiene derecho o no a recibirla. Hasta ahora, se tomaban como referencia los ingresos percibidos durante el año anterior a la solicitud, pero el Gobierno cambiará este criterio para que se tengan en cuenta únicamente los ingresos percibidos durante el año en el que se pide la ayuda.

Esta modificación debería convertir el ingreso mínimo en una prestación más ágil, que sirva para responder a las situaciones repentinas de pérdida de ingresos, dijo este lunes la ministra de Derechos Sociales, Ione Belarra, que junto al titular de Seguridad Social, José Luis Escrivá, presentó el acuerdo alcanzado por PSOE y Unidas Podemos después de meses de negociación. Las modificaciones en el diseño de la ayuda se introducirán como enmiendas en la tramitación parlamentaria del ingreso mínimo, que se encuentra bastante avanzada en el Congreso, por lo que podrían aprobarse en los próximos meses.

Según explicó Belarra, el ingreso mínimo vital contará -cuando se aprueben los cambios- con dos baremos para determinar si un ciudadano tiene o no derecho a percibirlo. La administración analizará los ingresos que ha tenido el solicitante tanto en el año anterior a su solicitud como únicamente en el año en curso. Y siempre, afirmó la ministra, se elegirá el criterio más beneficioso para el ciudadano, es decir, que tendrá derecho a cobrar la ayuda aunque tan solo en uno de los dos periodos esté por debajo del límite de ingresos necesario para percibirla.

De esta forma, el solicitante tendrá que demostrar que durante el año en curso sus ingresos mensuales han estado por debajo del umbral de renta máximo para recibir el ingreso mínimo vital (5.519 euros al año) o, en promedio, no han superado los 459 euros al mes. Si cumple esa condición, tendría derecho a percibir mensualmente el dinero que le falte para, entre sus ingresos y la ayuda, llegar a 469 euros al mes. La prestación se seguirá cobrando mientras dure la situación de falta de ingresos.

El diseño de esta medida, no obstante, plantea ciertas dudas, ya que una persona que haya sufrido una pérdida súbita de ingresos podría tener mucho más fácil cobrar el ingreso mínimo en función de en qué momento del año haya tenido el problema. Por ejemplo: si un ciudadano que cobrara el salario mínimo en enero (965 euros) perdiera su trabajo en febrero y solicitase el ingreso mínimo vital en abril, podría acceder a la ayuda, porque se tendrían en cuenta los ingresos medios que habría percibido en enero, febrero y marzo: 321 euros al mes, menos de los 459 que marcan el umbral.

Por el contrario, si la misma pérdida súbita de ingresos tuviera lugar en octubre, ese mismo ciudadano lo tendría mucho más complicado, ya que se tomarían como referencia todos sus ingresos en los diez primeros meses del año. Eso implicaría que, como habría cobrado 965 euros durante diez meses (9.650 euros en total) no tendría derecho al ingreso mínimo vital. El ciudadano se quedaría repentinamente sin ingresos de la misma forma que en el ejemplo anterior, pero al superar el umbral anual ya no tendría derecho a percibir la ayuda hasta enero del año siguiente, cuando sí podría acceder a ella.

De manera general, además, los perceptores del ingreso mínimo deben tener residencia legal y efectiva en España de forma continuada e ininterrumpida durante al menos el año anterior a presentar la solicitud. Y solo tienen derecho a cobrar la ayuda quienes tengan un patrimonio menor a 16.917,6 euros en el caso de adultos que vivan solos, sin contar la vivienda habitual.

Mejoras para parados y dependientes

Otra de las medidas pactadas por PSOE y Unidas Podemos va en esa misma dirección de evitar que haya gente que quede "en tierra de nadie", en palabras de Belarra. Cuando se apruebe su rediseño, el ingreso mínimo vital podrá comenzar a percibirse -siempre que se cumplan los requisitos- inmediatamente después de que el ciudadano que lo solicite agote todos los subsidios por desempleo. Y, de hecho, el papeleo comenzará a gestionarse en los últimos meses en los que el solicitante esté percibiendo el subsidio si no existen probabilidades razonables de que pueda empezar a trabajar, para que cuando éste se le acabe no se quede ningún mes sin ingresos de ningún tipo.

Las familias dependientes beneficiarias del ingreso mínimo también verán mejoradas sus condiciones. Para empezar, se cumplirá una de sus principales reivindicaciones: los ingresos que obtengan a través de cualquier prestación asociada a la dependencia dejarán de tenerse en cuenta a la hora de analizar los ingresos totales para determinar si la familia en cuestión tiene o no derecho a percibir el ingreso mínimo vital. Y, además, la cuantía del ingreso mínimo aumentará en un 22% para aquellas familias en las que algún miembro tenga una discapacidad igual o superior al 65%.

La última de las reformas anunciadas busca ampliar el número de beneficiarios de la ayuda incluyendo a algunos jóvenes que, hasta el momento, estaban excluidos de la misma. Por ello, PSOE y Unidas Podemos han pactado que los solicitantes del ingreso mínimo solo tendrán que acreditar un mínimo de dos años de vida independiente para optar a la prestación, y no tres como hasta ahora. Y, además, este requisito no será aplicable a los menores que hayan sido tutelados por la administración y que cumplan la mayoría de edad: en su caso, podrán solicitar el ingreso mínimo desde el momento en el que tengan 18 años, aunque no hayan vivido por sí solos antes.

La meta, duplicar los perceptores

El ministro Escrivá también anunció que habrá cambios a la hora de gestionar las solicitudes, ya que se flexibiliza el trámite para intentar captar a muchos potenciales beneficiarios del ingreso mínimo que ni siquiera lo han pedido. Tal y como ya se hacía con los servicios sociales de los ayuntamientos, el Gobierno permitirá ahora que las ONG que atienden a personas muy vulnerables o que incluso viven en la calle puedan realizar los trámites para que estas personas reciban la ayuda. 

En este sentido, Escrivá explicó que su ministerio está "trabajando en identificar un número importante de familias y hogares que, con los datos de los que se dispone, tendrían que haber solicitado el ingreso mínimo vital y no lo han hecho". El ministro afirmó que, según los cálculos del Gobierno, la "expectativa" es que pueda "duplicarse" el número de beneficiarios de la prestación, lo que supondría que alcanzase los 1,6 millones de personas, frente a las 800.000 que la perciben actualmente, según detalló hace unos días el propio Escrivá.

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