La Ley de Acompañamiento, una "autopista" para agilizar trámites a empresas y entidades que gestionan fondos europeos

El Consell ha aprobado este viernes el anteproyecto de Ley de Medidas Fiscales para el próximo ejercicio 2022, más conocida como 'Ley de Acompañamiento', que busca "construir una autopista" para agilizar los trámites administrativos a todas aquellas empresas y entidades de la Comunitat Valenciana que gestionan fondos europeos del programa Next Generation.
La Ley de Acompañamiento, una "autopista" para agilizar trámites a empresas y entidades que gestionan fondos europeos
La Ley de Acompañamiento, una "autopista" para agilizar trámites a empresas y entidades que gestionan fondos europeos
Nuria González
La Ley de Acompañamiento, una "autopista" para agilizar trámites a empresas y entidades que gestionan fondos europeos

Así lo ha resaltado el conseller de Hacienda y Modelo Económico, Vicent Soler, en la rueda de prensa posterior al pleno del Consell que ha dado luz verde al anteproyecto de la norma, que ahora debe pasar por el Consell Jurídic Consultiu (CJC), antes de ser remitido a Les Corts como proyecto de ley.

La norma recoge un amplio abanico de medidas fiscales, sociales y de impulso económico que guiarán la actuación del Consell durante el próximo año, en el que, según Soler, se priorizará la lucha contra la crisis provocada por la pandemia y la consolidación del Estado del Bienestar.

Entre las novedades, la ley crea la figura de los 'proyectos de interés prioritario', que permitirá gestionar y ejecutar de manera más eficiente los proyectos de empresas que tengan asignados fondos europeos y optar a un mayor volumen de fondos Next Generation EU.

Así, las administraciones tendrán la obligación de tramitar de forma prioritaria todos los expedientes administrativos necesarios para la puesta en marcha de los proyectos tras su adjudicación, con lo que se quiere incentivar la participación de empresas y una mayor absorción de recursos.

El Consell ya había aprobado, a través del decreto ley de Medidas Urgentes, la agilización administrativa para la ejecución de actuaciones contempladas con fondos europeos, y ahora se extiende también a los proyectos presentados por empresas privadas.

La medida implicará "mayor colaboración interadministrativa con los ayuntamientos y entidades locales para evitar que se paralicen proyectos durante los trámites en diferentes niveles administrativos", ha apuntado el conseller.

DEDUCCIONES POR CONTRATAR PARA EL CUIDADO DE PERSONAS

Por otra parte, la Ley de Acompañamiento establece deducciones fiscales de hasta 1.000 euros para quienes contraten de manera indefinida a personas afiliadas en el Sistema Especial de Empleados de Hogar del Régimen de la Seguridad Social para el cuidado de menores de 5 años a su cargo o ascendientes mayores de 75 años.

Así, por ejemplo, en el caso de que la persona contribuyente tenga a su cargo a un menor la deducción será de 600 euros, elevándose a 1.000 euros en el caso de dos o más menores. Si se la contratación tiene como finalidad el cuidado de un ascendiente la deducción alcanzará los 300 euros y se elevará a 500 en el caso de que sean dos o más.

Se adapta la normativa vigente para considerar municipio en riesgo de despoblación a aquellos con menos de 300 habitantes, frente a los 120 de ahora. Con este cambio, 21 municipios se beneficiarán de una mayor partida en el Fondo de Cooperación Municipal para la Lucha contra el Despoblamiento de los Municipios de la Comunitat Valenciana.

DEVOLUCIÓN DE CUOTAS POR DAR USO A VIVIENDAS VACÍAS

La Ley de Medidas Fiscales también introduce modificaciones en el Impuesto sobre viviendas vacías, (Ley 3/2020, de 30 de diciembre) con el objetivo de movilizar estos inmuebles ociosos y deshabitados incentivando su uso e introduce ventajas fiscales para grandes tenedores que den un uso efectivo a sus viviendas inscritas en el Registro de viviendas deshabitadas.

En concreto, permite la recuperación de las cuotas devengadas por las viviendas consideradas deshabitadas tras la aprobación de medidas de fomento o acuerdo de intermediación, a partir del día en que se inicie su uso habitacional.

Se introduce también un segundo beneficio que habilita la devolución de las cuotas devengadas cuando una vivienda deshabitada se destina al uso habitacional continuado durante el plazo de un año. Los beneficios fiscales recogidos podrán extenderse al resto de viviendas del tenedor. Estas nuevas deducciones tendrán efecto retroactivo desde el 1 de enero de 2021.

Además, se amplían los supuestos en los que un contribuyente puede acceder a deducciones por arrendamiento de vivienda habitual. Hasta el momento era obligatorio que no se dispusiera de una vivienda en propiedad a menos de 100 kilómetros de la vivienda alquilada, salvo casos de violencia de género. Ahora se contemplan también el estado ruinoso de la vivienda o que se esté en un proceso de divorcio el cónyuge resida en la misma.

Se eliminan trámites de publicidad y transparencia para las empresas de instalaciones de aprovechamiento energético para reducir la burocracia y se regula la potencia eléctrica mínima que deberán disponer los módulos fotovoltaicos para la producción de energía eléctrica en los nuevos edificios de uso residencial, dotacional, industrial o terciario, así como aquellos que cambian de uso o se rehabilitan y cuya área total construida supera los 1.000 metros cuadrados.

La potencia eléctrica mínima a instalar en azoteas, cubiertas o estacionamientos será de 15kW en aquellas construcciones de hasta 1.100 metros cuadrados y aumentará a razón de 1,5 kW por cada 100 metros cuadrados de superficie adicional, teniendo en cuenta la disponibilidad del espacio apto en la cubierta.

MEDIDAS SOCIALES

Por lo que respecta al llamado 'escudo social', se modifica la Ley de Servicios Sociales para avanzar en la implantación del nuevo modelo de Servicios Sociales de la Comunitat.

Así, se incluyen nuevos perfiles profesional y se reducen las ratios de atención. Además, se crea la Mesa de Acción concertada en la que, por primera vez, incorpora la participación de las entidades sin ánimo de lucro en el concierto del Sistema Público Valenciano de Servicios Sociales (SPVSS) como espacio de diálogo y trabajo.

Se agilizan los trámites para la financiación de infraestructuras y equipamientos de servicios sociales en el marco del Plan de Infraestructuras de Servicios Sociales.

Por último, se persigue una mayor inspección y control de los Servicios Sociales con el descenso de la ratio del personal inspector de 150.000 a 125.000 personas, que también incorporará equipos para inspeccionar la atención primaria básica que actualmente no entra dentro de sus funciones, así como los contratos programas en el conjunto del SPVSS.

La ley también adapta la normativa de la renta valenciana de inclusión para hacerla compatible con el Ingreso Mínimo Vital del Estado.

En materia sanitaria, se prevé que los facultativos mantengan el complemento específico B durante la provisión en comisión de servicios y en el nombramiento para puestos de trabajo de máxima categoría o jefaturas. También se actualiza la Ley 1/2008 de 17 de abril para garantizar el suministro de medicamentos adaptándola a la normativa estatal.

En emergencias, se garantiza un suplemento laboral para el personal que forme parte de la estructura de guardia permanente en materia de emergencias.

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