El Constitucional admite el recurso de Vox contra la Ley de Protección de la Infancia y la Adolescencia

  • La norma fue aprobada por 268 diputados, el respaldo más amplio cosechado en esta legislatura.
  • La alegación de Vox denunciaba que la ley vulneraba la libertad ideológica y religiosa, entre otras cosas.
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Fachada del edificio del Tribunal Constitucional de España. 
20M EP
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El Pleno de Tribunal Constitucional (TC) ha acordado admitir a trámite el recurso de inconstitucionalidad presentado por el partido político Vox contra varios artículos de la Ley de Protección de la Infancia y la Adolescencia.

En una nota informativa, el tribunal de garantías recuerda que el recurso fue presentado por más de cincuenta diputados del Grupo Parlamentario de Vox contra varios preceptos de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, y acuerda dar traslado al Congreso de los Diputados, al Senado y al Gobierno de la demanda y los documentos presentados, para que puedan personarse en el proceso en el plazo de quince días y formular las alegaciones que estimen convenientes.

Vox alegó que la norma impugnada podía vulnerar entre otros preceptos constitucionales, la libertad ideológica y religiosa, el derecho de los padres a que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones, el derecho a la intimidad y el derecho a la tutela judicial efectiva.

En concreto, el partido se fijó en determinados aspectos comprendidos en los artículos 30, 26 y 27, en un apartado de la disposición final primera y en otro de la disposición final segunda.

El ponente será Andrés Ollero.  ¿Quién es?

El Tribunal Constitucional apunta que de la sentencia que se dicte en su día será ponente el magistrado Andrés Ollero, quien casualmente es también el magistrado ponente de la sentencia relativa al recurso que presentó en 2010 el PP contra la ley del Aborto.

Ollero es catedrático de Filosofía del Derecho, ex portavoz de Justicia del PP en el Congreso de los Diputados y próximo al Opus Dei

Más detalle sobre el recurso de Vox

Fue en septiembre cuando el partido de Abascal presento su recurso contra esta ley. Criticaba que se incluyera la obligatoriedad de que todos los menores reciban "educación afectivo sexual", una medida que, a su juicio, "incorpora normativamente una ideología estatal en la que forzosamente se pretende adoctrinar a los alumnos".

"El Estado impone al alumnado y a sus progenitores una doctrina estatal que se incluye además en el currículo como contenido obligatorio en el que necesariamente habrán de ser evaluados los niños y ello aunque esas convicciones estatales puedan resultar frontalmente opuestas a las de sus progenitores", explicó entonces la formación en un comunicado.

El partido apunta que la Constitución reconoce la necesidad de orientar la enseñanza "hacia el pleno desarrollo de la personalidad humana en el respeto a los principios democráticos de convivencia y a los derechos y libertades fundamentales" y con respeto a las convicciones religiosas, ideológicas y filosóficas de los progenitores. Es por eso que Vox llamaba a una "necesaria neutralidad ideológica" del Estado en este sentido.

"Parentalidad positiva", otro punto caliente

El partido criticaba también el concepto incluido en la ley de "parentalidad positiva", que recoge la promoción de la corresponsabilidad, medidas para combatir los roles de género, el rechazo de la violencia contra las mujeres y niñas o la educación con enfoque inclusivo, entre otras medidas.

Para la formación de Abascal, "estos preceptos abandonan la línea del constitucionalismo democrático de considerar el espacio familiar como un ámbito privado de libre desarrollo de las relaciones afectivas entre padres e hijos, sin injerencias de los poderes públicos".

Además, cree que, con esta ley, se convierte a la familia "en el objeto de un intenso escrutinio por parte de los poderes públicos recabando, en su caso, datos concretos sobre la vida familiar de las personas.

En el comunicado, recogido por Europa Press, Vox también ponía el foco en la medida que señala que "no procederá la guarda conjunta cuando cualquiera de los progenitores esté incurso en un proceso penal iniciado por atentar contra la vida, la integridad física, la libertad, la integridad moral o la libertad e indemnidad sexual del otro cónyuge o de los hijos que convivan con ambos".

Fue en mayo cuando el Pleno del Congreso de los Diputados aprobó casi por unanimidad, la Ley orgánica de protección integral a la infancia y a la adolescencia frente a la violencia, que aumenta el plazo de prescripción de los abusos sexuales a menores, prohíbe los desnudos integrales para determinar la edad de los menores que migran solos y el uso de la contención mecánica en centros de menores infractores, entre otras medidas.

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