
Por primera vez, este inventario unirá la lista de demandantes con la oferta de vivienda protegida. Estaba previsto en la Ley de Función Social de la Vivienda de 2017 y llega ante una demanda creciente y "una oferta que no la atiende, ante la que los poderes públicos tienen la obligación de intervenir", ha defendido el vicepresidente segundo y conseller de Arquitectura Bioclimática, Héctor Illueca.
Gracias a la obligatoriedad de registro, la intención es asegurar las condiciones de habitabilidad de las VPO y su puesta a disposición de las personas más vulnerables. También se pretende modernizar la atención y el seguimiento de la demanda para que sea más ágil.
La inscripción se estructurará en torno a la unidad de convivencia, formada por una persona o varias sin necesidad de parentesco. Entre los requisitos figura la necesidad de vivienda, no superar en 2,5 veces el IPREM (índice de renta de referencia para prestaciones sociales) o presentar una declaración responsable. Habrá dos años de vigencia que se podrá renovar cada dos años.
El régimen de cesión será el arrendamiento preferentemente, aunque también se permitirá la compraventa y las cesiones gratuitas a otros. Como situaciones de especial vulnerabilidad se entenderán familias monoparentales y las numerosas, víctimas de violencia machista, personas con diversidad funcional o discapacidad superior al 33%, extutelados menores de 25 años o afectados por desahucios.
Hasta el 31 de marzo, las personas ya inscritas en el anterior registro pueden renovar su suscripción. En general, todo el proceso será electrónico (
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