En concreto, a una de las procesadas se la acusaba de un delito de trata de seres humanos con fines de explotación sexual, un delito de aprovechamiento lucrativo de la prostitución ajena y un delito contra los derechos de los ciudadanos extranjeros. La segunda procesada estaba acusada de inducción al delito contra los derechos de los ciudadanos extranjeros.
Ambas han sido absueltas de todos los cargos que les imputaba y contra la sentencia cabe recurso de apelación ante la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx).
La sentencia declara como hechos probados que la principal acusada, tras conocer a una mujer de su misma nacionalidad, decidieron viajar desde Colombia a Badajoz para mejorar sus condiciones de vida.
La acusada pagó el viaje en avión de las dos y se trasladaron a un piso donde ejercía la prostitución. En ese mismo piso, señala la sentencia, la mujer "decide, voluntariamente, ejercer la prostitución".
No consta ni queda acreditado que estos actos, incluido los servicios sexuales, los realizara coaccionada, amenazada u obligada por la acusada, según ha informado el TSJEx en nota de prensa.
Asimismo, señala la sentencia, tampoco consta acreditado que, con la finalidad de regularizar su situación administrativa en España, conviniera con la otra acusada a cambio de pagos dinerarios periódicos, simular una relación lésbica para inscribirse como unión de hecho, para conseguir, así, la autorización de residencia como familiar de ciudadano de la Unión Europea.
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