El Bocyl recoge subvenciones por 100.000 euros para la realización de cortometrajes

La Consejería de Cultura y Turismo publica en el Bocyl de hoy la línea de subvenciones correspondientes al año 2021 para la realización de cortometrajes.

Estas ayudas tienen como objetivo contribuir al fomento y promoción del sector cinematográfico y audiovisual a través del apoyo a determinadas inversiones promovidas por personas físicas o jurídicas privadas, que sean productores audiovisuales en la modalidad de cortometrajes cinematográficos, que tengan su domicilio o sede social permanente en Castilla y León.

Serán subvencionables, entre otros, los gastos generales de personal y viajes, alojamiento y manutención; los específicos de preproducción y producción; los de distribución, promoción y publicidad, o los gastos corrientes derivados de la realización del proyecto y el gasto en bienes de equipo.

La actuaciones subvencionadas y los correspondientes gastos deberán haberse realizado en el periodo comprendido entre el 1 de junio de 2021 y el 31 de mayo de 2022, ambos inclusive.

El plazo para la presentación de las solicitudes será de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de Castilla y León, es decir, del 10 al 31 de agosto, ambos inclusive.

El procedimiento de concesión de estas subvenciones se efectuará en régimen de concurrencia competitiva. El presupuesto para las subvenciones asciende a 100.000 euros.

UN MÁXIMO DE 25.000 EUROS

En cuanto a la cuantía individual, ninguna de las subvenciones que se conceda podrá superar el 75 % del presupuesto total del proyecto de cortometraje, con el límite máximo de 25.000 euros por proyecto.

Podrán realizarse pagos anticipados del 100 % del importe total de la subvención concedida, previa petición de los beneficiarios, en el formulario de solicitud de la subvención, no siendo necesaria la constitución de aval para percibir el mismo.

La justificación del proyecto objeto de subvención deberá producirse hasta el 31 de julio de 2022, inclusive.

La documentación justificativa que deberá presentarse será la indicada en el artículo 13 de la Orden CYT/774/2020, de 20 de agosto, por la que se establecen las bases reguladoras destinadas a financiar los cortometrajes, publicada en el Bocyl del 24 de agosto de 2020.

Los interesados podrán asistir el jueves 12 de agosto a las 12.00 horas a una webinar explicativa por videoconferencia a través de la web

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