Una mujer de etnia gitana denuncia a España ante el Tribunal de Estrasburgo por denegarle la pensión de viudedad

  • La mujer se casó en 1974, siendo menor de edad, y convivió con su marido hasta su fallecimiento en 2014. 
  • Ambos eran "prácticamente analfabetos" y creían que el matrimonio estaba registrado correctamente.
Edificio del Parlamento Europeo en Estrasburgo.
Edificio del Parlamento Europeo en Estrasburgo.
Emilio Ordiz
Edificio del Parlamento Europeo en Estrasburgo.

Una mujer de etnia gitana casada por el rito tradicional durante la dictadura franquista ha denunciado a España ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos por denegarle su derecho a cobrar la pensión de viudedad por no haber inscrito o registrado su matrimonio.

La Fundación Secretariado Gitano informó este lunes de que ha apoyado en su demanda a Joaquina Cortés Cortés, quien se casó en 1974, siendo menor de edad, y convivió con su marido hasta su fallecimiento en 2014. El matrimonio tuvo cinco hijos, todos ellos inscritos en el mismo libro de familia.

Ambos cónyuges, “prácticamente analfabetos”, creían que su relación matrimonial era oficial, y confiaban en que, en caso de fallecer él antes que ella, la mujer percibiría una pensión devengada por su marido por sus más de 28 años cotizados en la Seguridad Social. Sin embargo, cuando esta mujer, dedicada durante toda su vida a los cuidados y crianza de su familia, solicitó el cobro de la pensión de viudedad, le fue denegada por no reunir el requisito formal de haber inscrito su matrimonio.

Gracias a la ayuda de un abogado amigo de la familia, recurrió ante varias instancias judiciales, una de las cuales, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, le dio la razón, arguyendo que “la denegación de la pensión de viudedad sería discriminatoria dada la situación personal de la demandante”.

A pesar de ello, el Instituto Nacional de la Seguridad Social recurrió ante el Tribunal Supremo, que resolvió en sentido contrario, lo que llevó a la mujer a recurrir en amparo ante el Constitucional, que dictó sentencia desestimatoria en enero, insistiendo en que la denegación de la pensión no constituye discriminación.

Tras el revés judicial, Joaquina Cortés contactó con la Fundación Secretario Gitano, pidiendo su apoyo para elevar su caso ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, dada la experiencia de esta entidad en litigios parecidos, como el de María Luisa Muñoz Díaz, conocida como ‘La Nena’, quien finalmente consiguió que la corte de Estrasburgo le reconociera su derecho a la pensión de viudedad.

En la demanda ahora presentada ante Estrasburgo se cuestiona que los tribunales españoles no hayan aplicado la jurisprudencia del expediente de María Luisa Muñoz Díaz en este caso, “prácticamente idéntico, y que se haya puesto en tela de juicio la buena fe” de Joaquina Cortés.

La denuncia incide en que “la denegación de la pensión de viudedad es un claro ejemplo de discriminación indirecta, al tratarse de una aplicación ciega de un requisito legal, sin tener en cuenta las circunstancias personales de esta mujer gitana”.

También se argumenta que “se trata de una discriminación de carácter interseccional, en la que entra en juego no sólo su origen étnico gitano, sino también su condición de mujer y los roles de cuidado ejercidos a lo largo de toda su vida, su escaso nivel formativo y su situación de vulnerabilidad socioeconómica”.

Ante esta situación, la directora del Departamento de Igualdad y Lucha contra la Discriminación de la Fundación Secretariado Gitano, Cristina de la Serna, mostró su confianza en que “esta sea la última vez que una mujer en esta situación se vea obligada a recabar justicia fuera de España”.

Por último, atestiguó que “estos casos ponen de manifiesto la necesidad de que la normativa en materia de pensión de viudedad sea revisada de manera acorde a los estándares europeos de derechos humanos, garantizando que mujeres mayores gitanas en situación de vulnerabilidad puedan acceder en condiciones de igualdad a sus pensiones de viudedad cuando sus maridos hayan devengado tal derecho”.

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