La aerolínea española Plus Ultra recurre el peritaje sobre el rescate de 53 millones que le fue concedido

Plus Ultra recurre el peritaje sobre el rescate ordenado por la juez por innecesario, al existir ya varios informes
Plus Ultra recurre el peritaje sobre el rescate ordenado por la juez por innecesario, al existir ya varios informes.
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Plus Ultra recurre el peritaje sobre el rescate ordenado por la juez por innecesario, al existir ya varios informes

La representación letrada de Plus Ultra ha recurrido la decisión de la titular del Juzgado de Instrucción Número 15 de Madrid, Esperanza Collazos, de encargar un peritaje que determine si cumplía con los requisitos legales para obtener el rescate por importe de 53 millones de euros que le fue concedido por la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI) y que Vox y PP, personados en la causa como acusación popular, consideran irregular.

Así se señala en recurso de la compañía en el que se defiende la "innecesariedad, carencia de utilidad y falta de justificación" de la prueba pericial acordada, de cuyo resultado depende que la magistrada comience a citar o no a los responsables del SEPI por este asunto.

Por otro lado, Plus Ultra tiene previsto remitir este mismo miércoles al juzgado un segundo escrito con el que pretende demostrar que el préstamo participativo que resta por recibir es necesario para garantizar la viabilidad de la aerolínea española, han señalado fuentes de la defensa.

Este segundo escrito responde a un requerimiento concreto de la juez, que el jueves otorgó cinco días a la compañía aérea para que "acredite la necesidad de entrega del préstamo"

Lo hizo en el auto en el que ordenó paralizar la entrega a Plus Ultra de los 34 millones de euros que forman parte del rescate a la aerolínea y que se debían desembolsar el 28 de julio, para que la empresa acredite que realmente necesita este préstamo para pagar a acreedores.

Ya ha sido valorado

En cuanto al escrito de oposición al peritaje, la defensa de Plus Ultra alega falta de motivación y sobre todo "falta de pertinencia, necesidad y utilidad de la prueba pericial acordada, en tanto que viene a remitir a la valoración de un experto, aquello que ya ha sido valorado por una pluralidad de autorizados estudios aportados a las actuaciones y respecto de los que, hasta lo aportado a la causa, no cabe atribuir razón alguna de duda o tacha".

Entre otros informes, cita los realizados por Daiwa Corporate Advisory (DC Advisory), que fue contratado por SEPI, como proveedor externo e independiente de servicios de apoyo, para evaluar la solicitud apoyo financiero mediante el acceso a la financiación del Fondo de Apoyo a la Solvencia de Empresas Estratégicas, gestionado por la propia agencia pública.

En este informe, argumenta la sentencia, se analizan entre otros el cumplimiento de los criterios de elegibilidad y proporcionalidad de la ayuda. A este documento se une un análisis legal realizado por una consultora independiente sobre aspectos fiscales y laborales, en el que se incluye el análisis del cumplimiento de los criterios de elegibilidad.

El paquete se completa con un informe de análisis de actividad de la compañía Aérea Plus Ultra del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agencia Urbana; otrode la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, (AESA) acerca de la situación económica-financiera de Plus Ultra Líneas Aéreas, S.A. y otro informe elaborado por la propia SEPI.

Según la defensa se trata de documentos que ya obran en la causa, y que constituyen "estudios detallados en sus análisis y realizados y firmados por equipos de expertos que han acreditado su solvencia técnica adecuada para la realización de un análisis crítico y exhaustivo de la solicitud". 

Añade que igualmente constan acreditados la documentación e información analizada y sus anexos, así como toda la documentación que fue aportada inicialmente y en las ulteriores subsanaciones realizadas a requerimiento de SEPI durante la instrucción que se ha llevado hasta ahora del procedimiento.

Un rescate en dos tramos

El propio FASEE comunicó a la juez el 14 de julio que en dos semanas se cumplía el plazo para efectuar el segundo pago del rescate a Plus Ultra, por importe de 34 millones de euros, ante lo cual Collazos dio traslado a las partes para que se pronunciaran.

La Abogacía del Estado, que representa a los miembros del Consejo Gestor del FASEE, alegó que se debería pagar, reivindicando "la plena legalidad del apoyo financiero otorgado" a Plus Ultra, aunque subrayando que, dado que no tiene "particular interés" en que se haga el desembolso, comparte el "principio de prudencia".

La Fiscalía de Madrid, por su parte, interesó "requerir a Plus Ultra a efectos de que en el término más breve posible acredite la necesidad de entrega del préstamo participativo de 34 millones de euros (...) para pago a acreedores, proveedores, etc".

La SEPI, a través del FASEE, concedió "un apoyo financiero público temporal" a Plus Ultra, a petición de la propia aerolínea, que se estructuró en dos partes: un préstamo ordinario de 19 millones de euros con vencimiento a cinco años que ya se ha entregado, y un préstamos participativo de 34 millones a devolver en siete años, que estaba pendiente y ahora se ha suspendido.

Collazos ya ha incoado diligencias previas contra el que fuera presidente de la SEPI y su actual vicepresidente, Bartolomé Lora, y contra los miembros del Consejo de Administración por una presunta malversación en la tramitación de la ayuda pública. Su citación, no obstante, dependerá del peritaje que se ha encargado, y que la compañía rechaza.

Por otra parte, el Tribunal de Cuentas ha archivado la investigación que incoó a instancias de Ciudadanos sobre posibles responsabilidades contables en la concesión de la ayuda.

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