Turismo subvencionará el IBI de 2021 de establecimientos turísticos en Canarias afectadas por el Covid-19

La consejera de Turismo del Ejecutivo canario, Yaiza Castilla, ha informado este jueves, tras el Consejo de Gobierno, de la aprobación del proyecto de decreto-ley por el que se regula la concesión de subvenciones dirigidas a cubrir el coste del IBI del año 2021 soportado por las empresas titulares de la explotación de establecimientos turísticos de alojamiento en Canarias afectadas por la crisis derivada de la pandemia de la Covid-19.
Turismo subvencionará el IBI de 2021 de establecimientos turísticos en Canarias afectadas por el Covid-19
Turismo subvencionará el IBI de 2021 de establecimientos turísticos en Canarias afectadas por el Covid-19
Jesús Hellín
Turismo subvencionará el IBI de 2021 de establecimientos turísticos en Canarias afectadas por el Covid-19

De este modo, dijo Castilla se quiere "mejorar la liquidez" de esas empresas y para ello la Consejería de Hacienda ha dispuesto un crédito de 63 millones de euros, ampliables a 80 millones, para el presupuesto de la Consejería de Turismo, Industria y Comercio, que se encargará de la gestión de estas ayudas por concurrencia no competitiva con el objetivo de agilizar el proceso, pudiendo atender las solicitudes por orden de entrada hasta agotar los recursos destinados a este fin.

Así, defendió Castilla en la rueda posterior al Consejo de Gobierno, se quiere "inyectar dinero en la economía de las islas para dinamizarlo", como apuntó se hizo con los bonos turísticos. Además en este caso ha resaltado que el procedimiento administrativo se ha realizado "en tiempo récord", indicando que la idea es que la petición de solicitudes sea del 10 de septiembre al 4 de octubre para poder ejecutar la correspondiente orden de pago.

En cuanto a la propuesta de decreto-ley ha explicado que se fundamenta en la situación que atraviesan las empresas explotadoras de alojamientos turístico debido a la prolongación de los efectos de las restricciones a la movilidad por la pandemia y que repercute en la pérdida de importante de ingresos, así como graves problemas de liquidez.

También señaló que el sector del alojamiento turístico de Canarias no fue incluido en el ámbito de aplicación del Decreto ley 2/2021, de 1 de marzo, por el que se regula la concesión directa de subvenciones dirigidas al mantenimiento de la actividad de personas trabajadoras autónomas y pequeñas y medianas empresas, de los sectores más afectados por la crisis derivada de la Covid-19.

Por ello, el texto aprobado y que debe ser convalidado en sede parlamentaria, tiene por objeto regular la concesión directa de subvenciones con la finalidad de proporcionar liquidez a las empresas de alojamiento, destinada a cubrir el coste de la cuota íntegra o, en su caso, de la cuota líquida del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) correspondiente al ejercicio 2021, que grava el valor de los bienes inmuebles en las islas afectos al desarrollo de la actividad de alojamiento turístico, tanto en la modalidad hotelera como extrahotelera, y siempre y cuando este tributo haya sido abonado a la administración local competente.

En cuanto a quienes podrán ser beneficiadas de esta nueva línea de ayudas indicó que serán los titulares de empresas que desarrollen, de forma principal, alguna de las actividades turísticas de alojamiento integradas en los CNAE (Clasificación Nacional de Actividades Económicas) 55 10 de hoteles y alojamientos similares y 55 20 de alojamientos turísticos, así como otros alojamientos de corta estancia, además de tener que estar inscritos en el Registro General Turístico antes del 15 de marzo de 2020. Se estima que serán entre 2.500 y 3.000 las instalaciones alojativas beneficiarias.

Entre los requisitos para acceder a la convocatoria se encuentra el estar sujeta al ámbito de las ayudas de Estado, las empresas deberán acreditar haber sufrido una reducción igual o superior al 30 por ciento respecto al volumen de operaciones del año 2019; la ayuda podrá cubrir hasta el 100 por 100 del importe del IBI abonado correspondiente al año 2021 y que no esté cubierto por otras fuentes, tales como seguros u otras medidas de ayuda temporal cubiertas por el marco temporal.

Por último, los beneficiarios de subvenciones directas deberán acreditar en su petición, y mediante declaración responsable, que o bien no superan el importe bruto máximo de 1.800.000 euros por empresas en la totalidad de subvenciones directas recibidas en esta u otra convocatoria con cargo al marco temporal, o si se han acogido a la modalidad de ayudas en forma de costes fijos no cubiertos, hasta un tope de 10 millones de euros en la suma de los apoyos recibidos y siempre que no se supere el 70 por ciento de los costes fijos no cubiertos, salvo en el caso de pequeñas y micro empresas que podrán llegar al 90 por ciento.

La solicitudes se tendrán que presentar exclusivamente de forma electrónica y tendrá un plazo de 25 días naturales una vez se apruebe. La subvención consistirá en un único pago, cuyo abono se realizará previa justificación de los requisitos exigidos. En el caso de que la persona beneficiaria de la subvención no se corresponda con el sujeto pasivo del impuesto, además de justificar su abono, deberá acreditarse que el impuesto lo soporta de forma directa o indirecta.

Mostrar comentarios

Códigos Descuento