Declaran culpable de asesinato con alevosía a la cuidadora del bebé fallecido en 2007

  • El jurado confirma que la acusada sabe distinguir entre el bien y el mal.
  • La niña, que tenía seis meses, falleció en agosto de 2007.
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Rosario R.D., de 40 años, ha sido declarada culpable de asesinato
Rosario R.D., de 40 años, ha sido declarada culpable de asesinato
Ricardo Suárez / EFE
Rosario R.D., de 40 años, ha sido declarada culpable de asesinato

Un jurado popular ha declarado este viernes que María Rosario R.D., la cuidadora del bebé de seis meses que falleció el 9 de agosto de 2007 en Valladolid, es culpable de un delito de asesinato con alevosía.

En su veredicto, los nueve miembros del jurado -constituido por seis mujeres y tres hombres- consideran que hubo alevosía y ensañamiento en el comportamiento de la niñera, de 40 años, ya que la pequeña no pudo defenderse.

La portavoz del jurado ha hecho público el veredicto en la Audiencia Provincial vallisoletana, donde la procesada declaró al inicio de la vista oral que la niña se atragantó cuando le daba la papilla, mientras que al final del juicio manifestó que la bebé se la había resbalado cuando le daba de comer.

Para el jurado, sin embargo, Rosario golpeó y zarandeó a la menor asumiendo el resultado y con indiferencia de cuál fuera. Además, el veredicto descarta que la muerte del bebé se produjera por atragantamiento y sostiene que la niñera, aunque tiene una capacidad intelectual limitada, es imputable porque sabe distinguir entre el bien y el mal.

Sin posibilidad de indulto

Los hechos por los que se celebró el juicio ocurrieron el 9 de agosto de 2007, cuando la cuidadora y la menor se encontraban solas en el domicilio donde la niñera cuidaba a la pequeña, quien sufrió al menos cinco golpes según manifestaron los forenses en la vista oral.

La niñera causó más dolor a la bebé del que hubiera sido necesario para causar la muerte

Precisamente las declaraciones de los forenses han sido parte de las pruebas periciales en las que se ha basado el jurado popular para emitir el veredicto de culpabilidad, en el que además han considerado, por unanimidad, que no procede la aplicación de beneficios para la suspensión de la pena. También se han opuesto por unanimidad a la posibilidad de una petición de indulto en sentencia.

Ha subrayado, además, la existencia de ensañamiento cuando se produjo el suceso, porque causó más dolor a la bebé del que hubiera sido necesario para causar la muerte a la pequeña.

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