TSJCyL confirma la pena de cinco años para el pedófilo que poseía "durísimos" archivos de pornografía infantil

La Sala Civil-Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha confirmado la sentencia de la Audiencia Provincial de Valladolid que condenó a un hombre por un delito de posesión y difusión de pornografía infantil a cinco años y un día de prisión, e inhabilitación especial durante siete años para cualquier profesión u oficio sea o no retribuido que conlleve contacto regular con menores.

La Audiencia de Valladolid impueso en su fallo del pasado 29 de marzo esta pena contra el ciudadano de origen francés L.P, el experto informático detenido en 2016 en la capital en posesión de "durísimos" archivos de contenido pedófilo.

El Tribunal desestima así el recurso de apelación interpuesto por el condenado y confirma íntegramente la condena fijada por la Audiencia de Valladolid, según consta en el fallo remitido a Europa Press.

En la sentencia, el encausado fue hallado autor de un delito de pesesión y difusión de pornografía infantil y por ello, junto a la citada pena privativa de libertad, fue inhabilitado por espacio de siete años para cualquier trabajo o actividad relacionada con menores y a cinco años de libertad vigilada una vez salga de prisión.

El sistema 'Quijote' utilizado por la Guardia Civil contra la pornografía infantil fue el que dirigió las pesquisas contra un usuario de Valladolid para el que la Fiscalía vallisoletana pidió en el juicio siete años de cárcel.

Durante el juicio, L.P, de origen francés y programador informático especializado en el sector automovilístico, mantuvo su inocencia-su abogado pidió un fallo absolutorio-tras alegar que los archivos ocupados por la Guardia Civil se los descargó accidentalmente al bajarse películas infantiles para su hijo.

Sin embargo, su versión exculpatoria no fue atendida por la fiscal jefe, quien le preguntó, sin obtener una contestación razonable, por qué si esas descargas fueron accidentales da la casualidad de que el noventa por ciento del material tan solo contenía pornografía infantil y prácticamente nada de contenido adulto.

La detención del pedófilo se produjo cuando la aplicación 'Quijote' utilizada por la Unidad Técnica de la Policía Judicial de la Guardia Civil, con base en Madrid, detectó la descarga de 85 archivos de contenido pedófilo efectuados desde una IP utilizada por un usuario en Valladolid.

VIOLACIONES DE NIÑAS PEQUEÑAS

Fue entonces cuando se inició la investigación a cargo del Juzgado de Instrucción 3 que culminó con la entrada y registro en el domicilio del presunto responsable, al que se incautaron tres ordenadores, cuatro pendrive y cinco discos duros, dispositivos en los que, una vez analizados, se certificaron hasta 640 descargas de archivos pedófilos que, a su vez, habían sido compartidos, como así considera probado en su sentencia la Audiencia Provincial.

El material fue descubierto a pesar de que, tal y como advirtió uno de los peritos de la Guardia Civil, el usuario había reinstalado el sistema operativo un mes antes del registro, entre los días 15 y 20 de octubre de 206, práctica que, como así ha incidió el perito, "supone un intento de borrar cualquier rastro. Sin embargo, el acusado pasó por alto esos 640 archivos de imágenes y vídeos durísimos", en referencia a que recogían violaciones de niñas de muy corta edad que aparecían incluso con sangre.

La defensa, por su parte, había solicitado de la sala una sentencia absolutoria, no sólo tras alegar la nulidad de todo lo actuado, ya que sostuvo que la investigación se inició de forma errónea a partir de una IP de Elche, sino también por discrepancias con la pericial elaborada por la Guardia Civil y, fundamentalmente, porque las descargas registradas de su cliente con contenido pedófilo pudo efectuarlas de forma no intencionada y las mismas no fueron compartidas con otros usuarios.

El defensor, sin éxito, también presentó una pericial en la que el autor sostenía que a esa IP investigada se hallaban conectados hasta un total de 81 equipos o dispositivos, de forma que desde cualquiera de ellos se pudieron realizar esas descargas parciales de contenido pedófilo, sin que necesariamente fuera el encausado el autor de las mismas.

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