Podrá tener la condición de beneficiaria cualquier persona jurídica, pública o privada, con o sin ánimo de lucro, que lleve a cabo alguna de las actuaciones consideradas subvencionables en la orden publicada hoy en el Boletín Oficial de Cantabria (BOC).
También podrá beneficiarse cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, pueda llevar a cabo alguna de las actuaciones referidas.
Serán subvencionables los proyectos destinados a mitigar los impactos sociales y económicos de los procesos de transición industrial de la industria manufacturera de Cantabria, preferentemente la conservera, láctea, acuicultura y maderera, mediante la introducción de nuevos enfoques innovadores en torno a cinco áreas: desarrollo de nuevas formas de formación y de capacitación de empleados; especialización industrial e innovación; desarrollo de los procesos de producción y fabricación hacia nuevos modelos de economía baja en carbono; promoción del emprendimiento; y fomento del crecimiento sostenible e inclusivo en modelos de economía social.
Además, las actuaciones tendrán objetivos específicos como el renacimiento industrial hacia la especialización inteligente en el sector primario; promoción de PYMES digitales e internacionales más grandes e innovadoras; refuerzo del ecosistema de innovación fomentando la colaboración de las partes interesadas; y desarrollo de capacidades en áreas transversales/prioritarias (digitalización, emprendimiento, reciclaje).
El presupuesto subvencionable del proyecto será como máximo de 40.000 euros y para su cálculo deberá considerarse la suma de los importes susceptibles de subvención. Sólo se podrá subvencionar un proyecto por entidad solicitante.
Las solicitudes de subvenciones podrán presentarse dentro del plazo de quince días hábiles a contar a partir del día siguiente a la publicación del extracto en el BOC, que se ha producido hoy.
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