El Gobierno justifica el mitin de la directora de la Guardia Civil porque la neutralidad se exige sólo a los agentes

La directora general de la Guardia Civil, María Gámez
La directora general de la Guardia Civil, María Gámez
Fabian Simon
La directora general de la Guardia Civil, María Gámez

El Gobierno ha defendido la participación de la directora general de la Guardia Civil, Maria Gámez, en los actos de la campaña del PSOE a la Comunidad de Madrid al entender que la neutralidad sólo es exigible a los agentes del Instituto Armado.

"La neutralidad política y sindical sólo es predicable y exigible por quienes ostentan la condición de guardia civil", ha explicado el Ejecutivo en una respuesta parlamentaria por escrito con fecha de 24 de mayo.

La argumentación del Gobierno remite al Acuerdo 91 de la Junta Electoral Central del 1 de mayo de 2021 donde se indica que "la directora general no forma parte de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y carece de graduación en el Instituto".

De esta forma se contesta a una batería de preguntas del PP en las que se cuestionaba que María Gámez participara justo al ministro de Interior, Fernando Grande-Marlaska, en una campaña del candidato socialista en los comicios madrileños, Ángel Gabilondo, en un contexto en el que se denunció las amenazas por el envío de varias cartas con balas en su interior.

El PP había pedido explicaciones al Gobierno por si entendía que los guardias civiles debían mantener neutralidad en el ejercicio de sus funciones, "excepto su directora general".

El Ejecutivo defiende su postura citando el Real Decreto 734/2020, de 4 de agosto, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio del Interior, y donde figura que la titular de la Dirección General de la Guardia Civil es "un alto cargo del Ministerio con rango de Subsecretaría y, en ningún caso, se le atribuye la condición de agente u oficial de la Guardia Civil".

Al hilo, también es mencionado el artículo 3 de la Ley 29/2014, de régimen de personal de la Guardia Civil, y la Ley Orgánica 11/2007, de derechos y deberes de los miembros del Instituto Armado, que establece en su artículo 18 que "los miembros de la Guardia Civil no podrán fundar ni afiliarse a partidos políticos o sindicatos ni realizar actividades políticas o sindicales".

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