El Supremo rebaja la pena a 37 de los 47 condenados en el caso Ekin y absuelve a 9

  • Uno de ellos pasa de 24 años de cárcel a solo 8. 
  • Proceso contra el aparato político de ETA-Ekin.
  • Otros beneficiados son Xavier Alegría y Joxean Etxeberria.

El Tribunal Supremo ha rebajado la pena a 37 de los 47 condenados por la Audiencia Nacional en el sumario 18/98 contra el aparato político de ETA-Ekin y otras organizaciones de su entorno y ha absuelto a otros 9, con lo que son 38 las personas que han resultados condenadas en firme.

El mayor beneficiado de esta rebaja ha sido José Luis Elkoro, presidente de Orain (editora del clausurado diario Egin), que de 24 años de cárcel ha pasado a tener una pena de 8 años.

Así lo ha acordado la sala de lo penal del Supemo en una sentencia de 1.000 folios hecha pública este martes, después de que el pasado 29 de abril el alto tribunal comunicara las nueve absoluciones a la Audiencia Nacional, que, al conocer que se mantenían "los pronunciamientos condenatorios a penas privativas de libertad", ordenó la detención e ingreso en prisión de los que estaban en libertad provisional.

El Supremo ha revocado además la declaración de ilicitud de Orain, aunque mantiene las de KAS, Ekin y Xaki (aparato internacional de ETA), organizaciones a las que la Audiencia Nacional consideró parte de las "entrañas" de la banda terrorista.

Principales beneficiados

Los principales procesados en este sumario han visto rebajadas sustancialmente sus condenas: Xavier Alegría (de 18 años a 12 años y 9 meses), Joxean Etxeberria (de 17 años y medio a 12), Carlos Trenor (de 17 a 10 años y medio) y Elena Beloki (de 13 a 8 años y medio).

Uno de los motivos de las rebajas entre los principales procesados ha sido que el Supremo ha anulado la condición de dirigente de organización terrorista por la que la Audiencia Nacional había condenado a Elena Beloki, Vicente Askasibar, Carlos Trenor, Juan María Mendizabal, Segundo Ibarra y José María Olarra.

El resto de las reducciones de condena han sido debidas a que el Supremo ha considerado que gran parte de los condenados por el delito de integración en ETA debían serlo por el de colaboración con banda terrorista.

35 permanecerán en prisión

De los 38 condenados, al menos 35 permanecerán en prisión a pesar de la reducción de las condenas que, en algunos acusados, es de casi la mitad como es el caso de Inma Berriozabal, que de 12 años de condena que le impuso la Audiencia el Supremo se la deja en seis años y nueve meses, la misma pena impuesta a Andoni Díaz, Juan Pablo Dieguez o Nekane Txapartegi.

El único acusado al que el Supremo ha mantenido la condena de dos años de cárcel que le impuso la Audiencia Nacional ha sido Joserra Antxia.

En su sentencia, el Supremo reitera, como ya hizo al ilegalizar las asociaciones juveniles Jarrai-Haika-Segi, que formar parte de una organización terrorista no se limita a la integración en un comando, sino que se aprecia "cuando se desempeñan otras funciones diferentes como consecuencia del reparto de cometidos propios de cualquier organización a la que no es ajena la de carácter criminal".

Nueve absueltos

Los absueltos habían sido condenados a penas de entre nueve y once años de prisión por integración en organización terrorista y, salvo una de ellas, todos están relacionados con el proyecto de desobediencia civil denominado Piztu Euskal Herria (Encender el País Vasco, en euskera).

Se trata de los supuestos miembros de Ekin Natale Landa, Alberto Frías, Olatz Altuna, Mikel Aznar, Mario Zubiaga y Fernando Olalde; el vocal del patronato de la Fundación Joxemi Zumalabe Iñaki O'Shea y el ex redactor jefe de Opinión del diario Egin Sabino Ormazabal; además de Miguel Ángel Zuluaga, que se atribuyó el primer diseño del citado proyecto.

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