Tribunales.- Condenado a dos años por provocar adrede un incendio forestal entre El Garrobo, Gerena y Guillena

La Audiencia de Sevilla ha condenado a dos años de cárcel por un delito de incendio forestal a un varón acusado de provocar intencionadamente llamas en un paraje localizado entre los términos municipales de El Garrobo, Gerena y Guillena. Además, se le impone una multa de 3.060 euros y dos años de "medida de seguridad de internamiento para tratamiento médico en establecimiento adecuado a su alteración psíquica".
Tribunales.- Condenado a dos años por provocar adrede un incendio forestal entre El Garrobo, Gerena y Guillena
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Tribunales.- Condenado a dos años por provocar adrede un incendio forestal entre El Garrobo, Gerena y Guillena

Según una sentencia emitida por la Sección Tercera de la Audiencia de Sevilla el pasado 19 de abril y recogida por Europa Press, por acuerdo de conformidad entre las partes del procedimiento judicial, sobre las 17,25 horas del pasado 29 de agosto de 2020, el ciudadano de origen pakistaní Khalid N.B. utilizó dos mecheros para "prender fuego en el curso de un arroyo de aguas estacionales en el paraje La Estrella del arroyo La Parrilla, que discurre por el interior de las fincas de La Estrella y Las Carmonillas y delimita los términos municipales de El Garrobo, Gerena y Guillena".

Ello, a sabiendas de que "el fuego se extendería y así lo pretendía, al albergar dicho cauce abundante vegetación" como zarzas y adelfas y arbolado con ejemplares de chopo y acebuche, mientras su entorno estaba poblado además de pastizal y encinas, así como de "manchas dispersas de matorral de especies muy inflamables como la aulaga".

El incendio, según la sentencia condenatoria, afectó a varias fincas y parcelas pertenecientes a particulares, los ayuntamientos de El Garrobo, Gerena y Guillena y la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir (CHG); siendo el fuego declarado "a escasos dos kilómetros de la población de Las Pajanosas", perteneciente a Guillena, y "a unos 500 metros de la casa de uno de los guardas de la finca El Esparragal, quien estaba en esa casa con su familia".

GUIANDO A LOS BOMBEROS

Tras provocar el incendio, según la sentencia, el varón condenado por el mismo se situó en un puente elevado sobre el trazado de la autovía A-66 o de la Ruta de la Plata, "guiando con señas a las fuerzas de seguridad y a los servicios de extinción" que acudían a luchar contra las llamas. Según el relato de hechos probados, el acusado también "guió a agentes de la Guardia Civil hasta el lugar donde había escondido los dos mecheros" usados para provocar las llamas, manifestando a los efectivos que "unos espíritus" le habían indicado dicho lugar.

No obstante, un posterior registro policial de la caseta de ladrillo usada por este hombre como domicilio se saldó con el hallazgo de "dos mecheros de idénticas características a los encontrados en el lugar del incendio y una garrafa con restos de gasolina".

La sentencia declara además probado que Khalid N.B. "presenta un trastorno por dependencia del alcohol y trastorno psicótico con predominio de ideas delirante por el consumo de alcohol", lo que mermaba de manera moderada/grave sus capacidades volitivas e intelectuales en el momento de los hechos, calificados como delito de incendio forestal.

"INTERNAMIENTO PARA TRATAMIENTO MÉDICO"

Así, con la eximente incompleta de anomalía o alteración psíquica, y de conformidad entre la Fiscalía, la defensa y la acusación particular, Khalid N.B. resulta condenado a dos años de cárcel, una multa de 3.060 euros, la "medida de seguridad de internamiento para tratamiento médico en establecimiento adecuado a su alteración psíquica" por dos años y el pago de las costas del proceso judicial.

En materia de responsabilidad civil, ha de indemnizar con 12.742 euros a la Junta de Andalucía por los gastos generados por la extinción del incendio; con 67.858 euros a los dueños de la finca El Esparragal por los daños en la misma y a otros dos particulares, los ayuntamientos de El Garrobo, Gerena y Guillena y la CHG en lo que se determine de los daños por valor de 19.618 euros calculados respecto a los suelos de su titularidad, "caso que reclamen cantidades".

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