Así lo exponen los magistrados en la resolución notificada este viernes a la Fiscalía y a la Comunidad Autónoma, de la que el Tribunal ya había anticipado el sentido del fallo. Las medidas del Govern incluyen el toque de queda entre las 23.00 y las 6.00 horas, controles para la entrada en la Comunidad, limitaciones a las reuniones y encuentros sociales y restricciones de aforo en lugares de culto.
La Fiscalía se opuso a algunas de estas medidas al entender que carecían de la suficiente cobertura al no contar con el paraguas legal del estado de alarma. El fiscal superior de Baleares, Bartolomé Barceló, ya ha anunciado que estudian si recurrir.
La de Baleares ha sido la primera decisión judicial respecto a las medidas que pueden adoptar las autonomías sin el estado de alarma. Sin embargo, este mismo viernes el Tribunal Superior de Justicia de País Vasco ha dictaminado en sentido contrario que sus homólogos baleares, considerando que no pueden mantenerse confinamientos, toque de queda o límites a las reuniones sociales porque afecta a derechos fundamentales garantizados en la Constitución.
((Habrá ampliación))
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