El Supremo cuestiona la viabilidad del decreto del Gobierno que pone fin al estado de alarma

El Gabinete Técnico del Tribunal Supremo (TS) ha emitido un primer informe sobre el decreto-ley aprobado esta semana por el Gobierno, para que el TS tenga la última palabra sobre las restricciones sanitarias que adopten las comunidades autónomas tras el estado de alarma, en el que plantea una serie de problemas procesales y apunta a una "posible insuficiencia" de este tipo de norma para regular cuestiones que afectan a derechos fundamentales.
El Gabinete Técnico del Tribunal Supremo (TS) ha emitido un primer informe sobre el decreto-ley aprobado esta semana por el Gobierno, para que el TS tenga la última palabra sobre las restricciones sanitarias que adopten las comunidades autónomas tras el estado de alarma, en el que plantea una serie de problemas procesales y apunta a una "posible insuficiencia" de este tipo de norma para regular cuestiones que afectan a derechos fundamentales.
El Gabinete Técnico del Tribunal Supremo (TS) ha emitido un primer informe sobre el decreto-ley aprobado esta semana por el Gobierno, para que el TS tenga la última palabra sobre las restricciones sanitarias que adopten las comunidades autónomas tras el estado de alarma, en el que plantea una serie de problemas procesales y apunta a una "posible insuficiencia" de este tipo de norma para regular cuestiones que afectan a derechos fundamentales.
Archivo - Fachada de la sede del Tribunal Supremo.
Europa Press

El Gabinete Técnico del Tribunal Supremo (TS) ha emitido un primer informe sobre el decreto-ley aprobado esta semana por el Gobierno, para que el TS tenga la última palabra sobre las restricciones sanitarias que adopten las comunidades autónomas tras el estado de alarma, en el que plantea una serie de problemas procesales y apunta a una "posible insuficiencia" de este tipo de norma para regular cuestiones que afectan a derechos fundamentales.

Aunque el Alto Tribunal señala que no entra a valorar en profundidad algunas cuestiones complejas, si menciona entre estas "el problema de la posible insuficiencia o inadecuación del rango de la norma empleada (decreto-ley) para regular una cuestión como esta, que incide en derechos fundamentales".

Apunta asimismo, como parte de los asuntos que no va a comentar, "el problema de la constitucionalidad de la posición institucional en que se viene a situar a los tribunales de justicia, como una suerte de copartícipes ejecutivos en el proceso de adopción de medidas administrativas, al modo de las competencias administrativas compartidas". 

El decreto contradice la jurisprudencia del TS

Lo que sí dice expresamente es que este decreto-ley "se presenta, de forma implícita pero evidente, como una reacción legislativa contra la interpretación jurisprudencial del marco legal anterior".

En este sentido, recuerda que en un reciente auto de 24 de marzo de 2021 el alto tribunal explicó "de forma ampliamente argumentada" que contra las decisiones de los Tribunales Superiores de Justicia (TSJ) y de la Audiencia Nacional que rechazaban o autorizaban las medidas sanitarias "no cabía recurso de casación".

Críticas a la exigida "fijación de doctrina"

El Gabinete Técnico advierte de que, aunque el decreto-ley dice que el Tribunal Supremo "fijará doctrina" con estas resoluciones, "ha de tenerse en cuenta que eso puede no ocurrir".

Precisamente, la necesidad de "unificar doctrina" fue una de las razones que la vicepresidenta primera del Gobierno, Carmen Calvo, esgrimió en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros del pasado martes -cuando se aprobó el decreto-ley- para justificar la necesidad del mismo a fin de evitar la situación que se dio tras el primer estado de alarma, con dictámenes judiciales contradictorios sobre las medidas restrictivas.

Plazos imposibles de cumplir

Igualmente, expresa dudas sobre la posibilidad real de poder cumplir con los plazos establecidos por el decreto-ley, que son más cortos que los habituales, debiendo resolver el Supremo en unos ocho días, sumados los tres de traslado a las partes para que aleguen y los cinco posteriores para que el TS dictamine.

"Si, como es de temer, se multiplica la litigiosidad en esta materia, resultará muy problemático resolver los recursos en tan breve plazo, habida cuenta que al Tribunal Supremo accederán, probablemente en fechas coincidentes, recursos procedentes de cualesquiera tribunales inferiores de este orden jurisdiccional contencioso-administrativo", avisa.

En la misma línea, señala que la ley no exige -como es habitual en el recurso de casación- que previamente se interponga un recurso de reposición pero tampoco prohíbe que se haga, de modo que, si se presentara, podría dilatar aún más los tiempos de resolución. 

Sobrecarga de trabajo

Con todo, sostiene que "la reforma así introducida va a tener un impacto muy significativo sobre la Sala Tercera del Tribunal Supremo" y anticipa que "la sección encargada de tramitar y resolver estos recursos necesitará con alta probabilidad de la asistencia del Gabinete Técnico, para poder cumplir los plazos", por lo que considera "urgente" que se le dote de "medios personales y materiales", denunciando que su personal ya está "saturado de trabajo".

Recomienda también constituir una sección nueva que se dedique específicamente a estos recursos, resaltando que de esta manera se contribuiría a la "uniformidad" en el estudio de los mismos, ya que actualmente los recursos se reparten en virtud del órgano que emite el acto impugnado, "que puede variar según cada comunidad autónoma", "pues las medidas sanitarias concernidas pueden proceder de distintas consejerías".

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