De este modo, la titular del juzgado ha decretado, en la nueva resolución, la falta de jurisdicción de los tribunales españoles en el proceso judicial.
La decisión se produce después de que la Audiencia Provincial de Baleares ordenara reabrir la causa para ampliar la demanda para incluir al Estado de Cuba en el procedimiento. Sin embargo, Cuba no se ha personado en la causa.
Es por ello que la jueza entiende que los hechos objeto de este pleito se encuentran protegidos por la inmunidad de jurisdicción que ostenta Cuba. En consecuencia, de acuerdo con la resolución, Cuba no puede ser demandada ni enjuiciada por los tribunales españoles.
Comentarios
Hemos bloqueado los comentarios de este contenido. Sólo se mostrarán los mensajes moderados hasta ahora, pero no se podrán redactar nuevos comentarios.
Consulta los casos en los que 20minutos.es restringirá la posibilidad de dejar comentarios