El TSJA ratifica la condena de un hombre a 17 años de cárcel por agredir y abusar sexualmente de sus hijas

La Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, ha desestimado el recurso presentado por la representación legal de un hombre condenado por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial a 13 años y 6 meses años de prisión por agresión sexual continuada a una de sus hijas menor de edad y a 4 años y 1 día, por abuso sexual a su otra hija, también menor de edad.

Según se recoge en la sentencia del TSJA, los hechos probados en la sentencia de instancia que ahora se confirma íntegramente, "conducen indefectiblemente a un fallo condenatorio por los expresados ilícitos, al concurrir prueba de cargo suficiente y válidamente obtenida para desvirtuar fuera de toda duda razonable aquella presunción "iuris tantum".

Así, según ha informado el TSJA, para los magistrados, frente a la "rigurosa, exhaustiva y racional valoración de la prueba practicada realizado por la Audiencia Provincial y manifestado en su ejemplar motivación que el recurrente ofrece una valoración lógicamente interesada pretendiendo que esta Sala de apelación sustituya aquella por la propuesta por el recurrente", algo que añaden resulta "inviable".

Así, los magistrados consideran que "no cabe sino ratificar conclusiones alcanzadas por el tribunal de instancia, que se basó en pruebas documentales y personales válidamente obtenidas y practicadas, ajustándose el juicio de inferencia realizado a tal fin por el tribunal de instancia a las reglas de la lógica y a los principios de la experiencia y a los parámetros de racionalidad

Considera la sala que la prueba de cargo fundamental, la testifical de las víctimas, ha sido racional y razonablemente valorada por la Sala y ese juicio valorativo lo expone de forma ejemplar en la sentencia. Lo mismo hace con las demás pruebas documentales, periciales y testificales que corroboran aquella. Dedicando un exhaustivo razonamiento a refutar la versión defensiva ofrecida por el acusado-apelante".

La sentencia, que no es firme puede ser recurrida en casación ante el Tribunal Supremo.

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